La morosidad supone un problema para la banca. A pesar que en los últimos años se ha reducido, los datos del Banco de España arrojan una tasa de morosidad del 6,39% en el mes de junio. Las dificultades económicas hacen que sea difícil cumplir con las obligaciones financieras e incluso se llegue al punto de tener que suspender los pagos a los préstamos bancarios. En este contexto, empiezan a ser frecuentes los casos en los que una persona recurre a un préstamo para pagar otro crédito (refinanciaciones) hasta que el círculo de crédito ya no da más de sí y entonces se encuentra sin recursos y con pocas posibilidades de maniobra.
En primer lugar hay que indicar que dejar de pagar al banco es siempre una mala decisión que tiene consecuencias negativas, empezando por la reclamación de las cantidades adeudadas por parte de la entidad financiera.
¿Qué hago si no puedo pagar la hipoteca?
En este sentido, lo primero que hay que hacer en cuanto comienzan los problemas de pago y se detecta la posibilidad de caer en la morosidad es acudir a nuestra oficina para explicarles la situación y tratar de llegar a un acuerdo. Hay que tener en cuenta que al banco lo que le interesa es cobrar el préstamo, aunque sea algo más tarde. De hecho, este retraso seguramente aumentará sus ingresos por medio de los intereses.
Lo que no se debe hacer es ocultar el problema, porque el banco tiene mecanismos jurídicos para cobrar la deuda, si no a presente, a futuro. En este punto se abriría un proceso de morosidad, el cual puede acabar en los juzgados si no se satisface la deuda con antelación. Sobre todo, si hay un bien en garantía, esta se ejecutará. En el caso de un contrato de hipoteca, el proceso de embargo es todavía más severo.
¿Cómo funciona el proceso de embargo y subasta?
No siempre es posible llegar a un acuerdo con el banco y a muchos sólo les queda dejar de pagar como única solución. Quienes lo hagan deben saber que el cauce de los acontecimientos será más o menos el siguiente
Primer aviso de impago
Tras el primer mes el banco suele ponerse en contacto para comprobar si se ha producido algún error y explicar que con abonar la cuota más los intereses de demora el problema quedará zanjado.
En este punto todavía tenemos tiempo para negociar, dar explicaciones e incluso refinanciar la deuda.
Comunicaciones oficiales
Si la situación se prolonga el banco seguirá tratando de cobrar e incluso puede buscar el acuerdo que antes negó mediante cambios en el plazo de la hipoteca el devengo de los intereses.
Hay que tener en cuenta que en este momento la deuda no sólo equivale a la cantidad que marca la hipoteca, sino que también hay que sumarle los intereses de demora.
Entrada en morosidad
A partir del sexto mes el panorama cambia para la entidad bancaria, ya que el banco debe provisionar la deuda impagada en su cuenta de resultados y lo que sólo era un inconveniente se convierte ya en un problema para las cuentas de la oficina y del banco.
Aquí es posible que la entidad ya haya decidido inscribir al deudor en una lista de morosos e incluso emprenda acciones legales para ejecutar la garantía del préstamo.
Demanda judicial
En este punto el banco realiza las acciones legales. Para ello requiere un notario o presenta una demanda en el juzgado. El deudor recibe una notificación sobre el procedimiento mediante correo ordinario a la dirección que viene expresada en las escrituras del contrato.
Puede solicitar en el Registro de la Propiedad que se inscriban las cargas existentes sobre el bien inmueble. En caso de querer vender la vivienda, en dicho Registro pesará sobre ella dicho procedimiento y será público. El comprador estará al tanto.
Convocatoria y celebración de subasta
La subasta de la vivienda suele producirse al año o año y medio de haber dejado de pagar la hipoteca y es el juzgado quien determina la fecha exacta hasta la cual todavía se puede abonar la deuda más los intereses para evitar la subasta.
Lanzamiento o deshaucio
Si el propio deudor no abandona la vivienda voluntariamente tras habérsele notificado, se iniciarán las gestiones para proceder al deshaucio. En este caso es el juzgado el que indica una fecha y una hora para que el nuevo propietario tome la posesión efectiva del bien.
Es una situación desagradable, debido a que el deudor ya no es el propietario legítimo y la persona que ostenta este título irá a tomar posesión acompañado por una comisión judicial, un cerrajero e incluso presencia policial.
¿Qué ocurre después de la subasta?
La venta o subasta de la casa puede no ser el final del proceso. Todo dependerá de que el dinero que se obtenga sea suficiente para pagar la deuda acumulada. Y es que en la legislación española, a diferencia de la estadounidense, no basta con entregar las llaves al banco para saldar la deuda. Hay que pagar la cuantía que figura en el préstamo incluso si esta es superior al valor del inmueble.
De ahí que una de las reivindicaciones que con más fuerza defienden las organizaciones y plataformas de afectados por la hipoteca sea la dación en pago. Es decir, que con la entrega de la vivienda al banco se cancele la deuda.
La dación en pago procura que la totalidad de la deuda quede saldada con la entrega de la vivienda. En caso de que no existiese este pacto o cláusula el precio de la vivienda en subasta cubrirá la parte de la deuda pendiente, pero ¿qué sucede si no la cubre en su totalidad? En este caso el deudor puede seguir siendo embargado.
¿Qué pueden embargar además de la vivienda?
Cabe la pena resaltar que en principio, si el préstamo es con una garantía hipotecaria, el bien hipotecado queda directamente afecto. Por consiguiente será lo primero que ejecutarán. Además, tal y como se ha comentado, es un procedimiento judicial diferente que los embargos ordinarios (más rápido y severo para el deudor).
Si la venta del piso no cubre la cantidad del préstamo el banco podrá seguir reclamando el dinero adeudado y continuar con el proceso de embargo. Aunque en esta ocasión ya no existiría un bien afecto y el proceso será el de embargo ordinario. En este punto podrá solicitar el embargo del resto de posesiones del deudor e incluso embargar su nómina. En este sentido, el orden de los objetos de embargo sería el siguiente según la la Ley de Enjuiciamiento Civil:
- Dinero en efectivo o cuentas abiertas en entidades de depósitos
- Créditos, valores y derechos sobre productos financieros corto plazo
- Sueldos, salarios y pensiones. En este sentido hay que destacar que el deudor siempre deberá percibir un salario que le permita subsistir de acuerdo con el Salario Mínimo Interprofesional (en torno a los 645, 30 euros mensuales). Las cantidades adicionales serán las que se embarguen.
- Bienes e inmuebles. En este apartado puede entrar por ejemplo el coche.
- Metales preciosos, piedras finas, joyería, orfebrería y antigüedades.
- Frutos y rentas de toda especie.
- Bienes muebles y semovientes.
- Créditos, derechos y valores realizables a largo plazo.
En último caso, el banco puede recurrir también a la personas o personas que hacen de avalistas y solicitarles el pago de la deuda e incluso embargarles.
Este es el proceso genérico en caso de impago que se mantiene incluso en el caso de varias deudas acumuladas. De hecho, es relativamente habitual el impago de los créditos derivados del uso de tarjetas e incluso de préstamos para la compra del coche mientras se sigue atendiendo al pago de la hipoteca.
En este punto la pregunta que se hacen la mayoría de morosos es: ¿se puede embargar el piso por otros préstamos incluso si la hipoteca está al día? La respuesta es afirmativa. La entidad puede reclamar el embargo de cualquier bien, aunque primero deberá acudir a los menos onerosos (los menos gravosos o pesados) y en cualquier caso deberá atenerse al orden de preferencias anteriormente indicado.
De todas formas, en el caso de embargar un piso hipotecado, sólo se podrá ejecutar la diferencia entre el valor del piso y la cantidad para la cual este responde como garantía de la hipoteca. Es decir, sólo se podría embargar y subastar la cantidad adeuda sin que se pueda incluir lo que ya está hipoteca.
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Buenos días a todos:
Hace un año y medio que dejedio de pagar todas las tarjetas de crédito
y a Bancaja se me quedó unas devoluciones de pagarés por un importe de 13.5oo.- €.
Ahora me viene un embargo del B. Popular de una tarjeta de crédito de Halcon Viajes por un importe de 1.400 € que recuerde el importe que les debia hera de unos 600€, Tengo otras deudas: Barclays 8500€ MBNA 7500€ CITY BANK 14000€ BANCO CETELEM 145OO€ Soy autonomo desde el año 90, en la catualidad tengo pendiente tres recibos de autonomos al igual los recibos de una empleada, lo u´nico que se ne ocurre es no presntarme al juzgado ¿que me puede pasar? Tengo tambien 5 recibos de alquiler del local donde tengo el negocio, tengo dos abogados pero no sé a cual mejor no comunicarles mi decisión espero sus comentarios me podeis ya que todo el mundo va a lo suyo llamat al te. 637 741 977 Gracias
hola soy pensionista del estado y le debo al banco 12000e.si me voy a otro pais ¿me joderian la pension ,ya q no tengo inmuebles ni nada?
gracias.
hola el banco me hizo un prestamo de nomina pero por problemas personales deje el trabajo y por lo mismo tengo 1 año que no pago al banco le debo $12000 ya con los intereses, que puedo hacer puedo llegar a un acuerdo con el banco para pagarle poco a poco
que pasa si no pago al banco debo a tres bancos pero nunca deje nada en garantia recibi las tarjetas de credito por mi trabajo que era bien remunerado ahora ya no trabajo .. deje la direccion de mis padres para que me llegaran los recibos ahora llegan las notificaciones diganme algo me pueden enbargar no tengo nada ami nombre , o efecta en algo amis padres .,les quitaran algo a ellos diganme porfavor
HOLA DEBO UNA HIPOTECA DE 630 ESTOY COBRANDO ELSUBCIDIO DE 421, MI MARIDO QUEDO TAMBIEN EN EL PARO COBRA 630 Y TENEMOS UN BEBE DE UN AÑO Y MEDIO FUIMOS AL BANCO PARA DECIRLE QUE EL PROXIMO MES YA NO PAGARIAMOS YA HEMOS NEGOCIADOS Y NO QUIEREN NEGOCIAR MAS QUE PASARIA SI YA DEJAMOS DE PAGAR ,TENEMOS UN COCHE FINANCIADO TE LO PUEDEN EMBARGAR TAMBIEN NESECITO ASESORARME QUE PODEMOS HACER GRACIAS
HOLA MARIA,
Lamento tu situación. Te recomiendo que leas los siguientes post por si te son de ayuda:
Necesito dinero ¿cómo puedo conseguirlo?
Hola,en 2006 pedí un prestamo personal en el banco de 25.000€,la letra mensual me sale casi 345€,no tengo ingresos desde hace tiempo y desde el mes que viene no voy a poder pagar el prestamo,y puede que en el mes siguiente tenga que volver a mi país por que no tengo para pagar el piso que alquilo con mi familia. El credito esta asegurado pero me parece que no cubre el caso de dejar de pagar la letra.
Que consecuencias puedo tener al dejar de pagar la letra del prestamo. No tengo ningunos vienes materiales exepto coche (pienso dejar el coche a nombre de una amiga mía como la dueña de coche).¿Pueden embargar coche en tal caso o embargar algun familiar mío? Por favor respondeme.
hola ,tengo un prestamo de 60000 mil euro ,no tengo trabajo y no le he pagado desde el ano pasado ,tambien tengo una ipoteca ,he comprado una casa con my muher .my pregunta es me pueden quitar la casa .
estoy pagando al banco en 60 cuotas una deuda de mis tarjetas y un prestamo,me echaron de mi trabajo y no puedo pagar mas ,mi casa esta anotada como en bien de familia ,¿me la pueden hipotecar igual?¿que me puede pasar?
que pasa si no pago las tarjetas de credito?
Hola,en l actuaidad tengo varios prestamos que no puedo pagar, uno de 25.000 € con MBNA, que seun una carta que h recibido han vendido el prestamo a Instrum Justitia, que es quien se hace cargo de cobrar, tengo otro de 18.000 e con Banesto, el cual no puedo pagar desde hace casi un año, apesar que me lo refinanciarón, el Director me llamo y me pregunto ¿que puedes pagar, respondi 120 € / mes y me dijo qe hiciera ingresos por esta cantidad.
Tengo una targeta de MBNA que devo 4500 € y pago cuando puedo, peo tengo cuaotas atrasadas, tengo un pretamo CAM, por valor de 4000, € tengo varias cuotas atrasadas. los demas restamos los voy pagando , en total para liquidar serian unos 70.000 €. o tengo bienes , solo un coche que lo utilizo para trabajar, sin este coche no podria hacer nada, tampoco tengo cuentas bancarias con dinero, solo los ingresos de la nomina que los gasto durante el mes. Mis preguntas son. ¿ que tengo qe hacer para no perder el coche? que tengo que hacer si no pued pagar? ¿ cuanto pueden tardar en embargarme la nomina, y que cantidad en tanto por ciento me embargarian de nomina? ¿quien es Instrum Justitia Iberica SAU,? ¿ pueden haber comprado mis datos a MBNA, ? ¡ esto es legal? ¿ los puedo denunciar aprotección de datos? ¿que pasaria si lo hiciera? Muchas gracias
debo al diferentes bancos pero para ser sincero me veo en la necesidad dejar pagar un banco, ya que si no me va alcanzar ni para mi pasaje.
quisiera que me asesoren.
Lo mejor es dejar de pagar si es que ya no podéis seguir afrontando los gastos. Y para que ya no os embarguen, FALSIFICAD el DNI, la tarjeta de residencia o lo que tengáis y ponedlo con otro nombre (uno inventado). Con este nuevo documento, os abrís una nueva cuenta en algún banco o caja. Así vosotros seguiréis sin tener un duro para el sistema legal. Sin embargo, podréis seguir efectuando operaciones y ahorrando con su nueva identidad. Y el embargo? que el vaya a cobrar al fantasma!!!! jaja
Putos banqueros, que se jodan!!!!
Eso sí. Luego hay que ser muy discretos con la nueva identidad. Pedir al empleador que se os pague con cheques por ejemplo, no con transacción bancaria. Luego hay que ser muy discretos porque luego sí se podría complicar e incluso ir a la cárcel por falsificación de documentos, algo muy grave.
Hola, yo dejé de pagar la hipoteca hace poco más de un año, entre otras cosas porque sólo cobrabámos 400 euros de ayuda familiar y no podiamos pagar, mi banco no quiso negociar con nosotros absolutamente nada, al primer mes, me llegó la demanda de los juzgados para ejecutar el inmueble, ahora hace ya año y medio, han subastado mi piso dos veces, las dos desiertas, ahora tengo aqui la carta de los juzgados para la tercera subasta, donde supongo que lo habrán bajado muchísimo de precio y ésta vez saldrá. No pueden embargarme nada más pues no hay más que embargar, cobramos una ayuda familiar de 426 euros y 183 de renta de inserción laboral. Mi pregunta es, el resto de la deuda ¿de donde lo van a sacar? porque yo no puedo pagarles y no tienen nada mas que embargar. Gracias
HOLA ARACELI,
Al margen de los bienes que podaís tener, el banco pueden embargar vuestra nómina e ingresos. En este caso, dado que sólo cobraís la ayuda familiar y la renta de insersión laboral, lo más probable es que la justicia no apruebe el embargo, aunque este se activaría si hay futuros ingresos, ya que la deuda no caduca.
hola me van a embargar la casa yo trabajo lo que pasa es que me compre la casa con mi mujer y madre en ese entonces podiamos pagar lo que pasa que nos quedamos los 3 sin trabajo no tardo casi medio año en recuperar el trabajo y lo que nos pagaban no nos servia para pagar todas las deudas eso fue en el 2007 entonces nos subio la hipoteca de 800 a 1200 casi y aparte la comida luz agua gastos de mi hijo y mas deudas que dentro de eso me quedaba sin sueldo hablamos con el banco y ya no nos quiso cojer el dinero y el director del banco venia a mi casa a decirnos que eramos unos sinverguenzas y que no les queriamos pagar ensima de eso tenemos 2 niños 1 mio y otro de mi hermana y el viernes nos dan fecha de embargo alguin me puede decir como puedo intentar de pedir una segung¡da oportunidad para la casa que me pueda quedar y pagar menos porfavor si me echan me toca ir con mi mujer hermanos madre y mi hijo y mi sobrina a la calle y por sierto hasta me denegaron el abogado de oficio ayudade porfavor
mi marido tiene una deuda con una financiera y le llego tambien una carta de los jusgados q se presente porq le llego deuda de un alquiler y supuestos gastos de de comunidad y llevamos atrasados 2 meses con el banco con un pretamo de 15000 euros .yo no tengo vivienda ni nada solo tenemos un coche q saco mi marido en el 2007, teniamos muchas ilusiones habiamos puesto un negocio con el dinero q nos presto el banco sin nadie suponer ni siquirea pensar lo q iba a venir esta crisis por lo cual los gastos se nos disparaban y ya no habia ingresos si no mas gastos y nos vimos en la obligacion como muchos autonomos en cerrar el negocio ya no era rentable y fue desde q pusimos el negocio q todo se vino a bajo porq por mas q queriamos no podiamos, ya q tenemos 2 hijos a cargo de mi suegra q tiene 75 años y no tiene muchos problemas de salud sus ingresos son de 400 euros y no nos ayuda en nada. mi marido trabaja y tiene una nomina de 890 por ahi q pasaria con todo esto. estamos desesperdos pensamos hasta marchar del pais y dejarlo todo q pasaria si lo hacemos. porfavor ayudarnos. he escuchado q si te vas con deudas te buscan por donde sea y te las cobran. es cierto esto. y quisiera saber en cuanto tiempo se presquibe un delito por deudas. muchas gracias por todo.
UN SALUDO ESTAS ABSOLUTAMENTE IGUAL QUE YO DOS NIÑOS MI MADRE ME AYUDA EN LO QUE PUEDE LA HIPOTECA ,EL COCHE ME ACABA DE LLEGAR LA ORDEN DEL BANCO ,MI PISO NEGOCIADO Y EN DOS AÑOS PAGARE 800 EUROS PERO SI AHORA NO PUEDO PAGAR NI 300 ,UN NEGOCIO CERRADO QUE FUE EL PROBLEMA DE TODO PUES HASTA LOS PROVEEDORES SE QUEDARON SIN COBRAR –ES PARA ELIZABET QUE ESTAS EN LA MISMO SITUACION
hola explico mi caso y si alguien me puede orientar se lo agradeceria….yo tengo la financiacion de mi coche con banque psa finance nunca me habia retrasado con los pagos pero se me kedo colgado el mes de febrero 2010 yo he seguido pagando las demas cuotas, he llamado a dicha financiera y el importe era de 271€ mas mora total unos 305€ de los cuales en abril ingrese 200€ asi q sigo colgada con el resto…ahora recibo un sms donde me dicen q resinden mi contrato y q tendre q pagar la totalidad de la deuda del coche por via judicial….yo termino de pagar el coche este diciembre. que debo hacer?????? esto es normal???? gracias!!!
Hola, expongo mi caso, tengo 2 prestamos personales que hace tiempo deje de pagar dada la situacion del hogar 5 miembros y solo percibimos una ayuda familiar de 426E mas 400 de ayuda a un hijo. La question es que ya me han embargado el piso por uno de estos prestamos, hemos hablado con la abogada y hemos acordado aportar una de las ayudas integras, pueden embargarnos el piso por la otra deuda que queda? o tendran que esperar a que se levante el embargo?
os agradeceria vuestra ayuda.
atentamente sonia
A MI ME HAN EMBARGADO LA CASA ES LA UNICA PROPIEDAD QUE TENIA ,NO ME QUISIERON REUNIFICAR NI NADA ,JAMAS DEBI NADA A NADIE ANTES DE ESTO ,CERRE EL NEGOCIO Y TODO SE VINO ABAJO ,AUN SE DEBEN 70MIL EUROS NO TENGO TRABAJO NI PENSION NI PROPIEDADES QUE PASARA AHORA GRACIAS
SE ME HA OLVIDADO ,LA PREGUNTA ES ,ME PUEDO DAR POR INSOLVENTE ,ME TENGO QUE IR A CASA DE UN FAMILIAR ,LA VERDAD ES QUE ESTOY MUY HUNDIDA ,LOS 70MIL QUE DEBO SON DEL RESTO DE LA HIPOTECA DE UN PERSONAL TARJETAS Y HACIENDA Y SEGURIDAD SOCIAL ,NO VEO SALIDA YA QUE LA SITUACION LABORAL ESTA MUY MAL,,,,,,,,,,,COMO DIGO NUNCA DEBI A NADIE NADA Y LLEVABA PAGANDO LA HIPOTECA 12 AÑOS ,PERO AL ABRIR EL NEGOCIO HACE 7 AMPLIE LA HIPOTECA FUE BIEN HASTA EL 2008 QUE CERRE CON UN TAPON IMPORTANTE GRACIAS JANA