Esta entidad, tras pasar por por unos de los peores momentos de su historia, con cotización en los mercados en mínimos y además el nombramiento Emilio Saracho nuevo presidente. El objetivo del nuevo presidente era encontrar una salida para la entidad. Las reclamaciones de la “Cláusula suelo Banco Popular” no llegaron en un buen momento.
Saracho se preparó para una fusión del Banco Popular, debido a que lo consideraba la mejor opción para afrontar esta crisis. Los mejores candidatos eran Santander, BBVA y Sabadell.
Al final fue el Banco Santander el que se llevó el gato al agua y consiguió quedarse con el Banco Popular por la cantidad simbólica de 1 euro. Eso sí, asumiendo sus deudas. Más que una fusión, lo que se llevó a cabo fue una adquisición.
Tras la operación corporativa. El Banco Santander advirtió que en el Popular figuraban 55.000 reclamaciones por cláusulas suelo aparcadas. Tras este rescate (si así puede ser llamado) será el Santander el que tenga que hacer frente a las cláusulas suelo del Popular.
Cláusula suelo Banco Popular – Cómo afronta la entidad las reclamaciones
A pesar de su crisis interna el Banco Popular había provisionado un total de 579 millones para atender las reclamaciones.
Por lo que parece este banco decidió adoptar la estrategia de los grandes bancos españoles. En lugar de realizar una devolución generalizada revisará una a una sus 120.000 hipotecas afectadas por la cláusula suelo. A diferencia de las entidades que han atravesado una crisis y están en manos del Estado (Bankia y BMN), el Banco Popular rechazó la devolución generalizada.
En anteriores artículos vimos que el Gobierno aprobó un Real – Decreto Ley que fija el mecanismo extrajudicial para atender a los afectados. El Banco Popular se ceñirá al mismo para afrontar las reclamaciones.
Una vez producida la adquisición es el Banco Santander el que se hará cargo de las cláusulas suelo del Banco Popular.
Al ver cada caso concreto y analizarlo con la perspectiva propia puede hacer del proceso de devolución un transcurso más largo. El Banco Santander no comercializó hipotecas con cláusulas suelo y ha tenido que abrir un procedimiento para la devolución basado en el modelo que han tomado otras entidades bancarias. Vamos a ver el procedimiento.
Cláusula suelo Banco Popular – Cómo reclamar
La entidad ha sido absorbida por el Banco Santander y será a esta entidad a la que haya que reclamar. Como se ha comentado, esta entidad no tenía un procedimiento estricto de devolución extrajudicial porque no comercializó productos con este tipo de clausulado.
Al igual que otras entidades españolas, el Banco Santander tiene abierto un servicio de reclamaciones y calculará a cada demandante la cuantía de pago de más por la cláusula suelo. Tras analizar el caso, contestará a cada consumidor ofreciéndole una solución.
La parte positiva es que el Banco Santander ya tenía provisionados estos costes con la adquisición del Banco Popular y se trata de un banco de primer nivel (el segundo de la eurozona por capitalización bursátil) que se inclina por devolver el dinero al cliente.
En concreto ha decidido tomar el mismo modelo de Bankia, devolviendo el dinero sin pleitos. Simplemente a través del procedimiento extrajudicial.
Entre las soluciones que puede ofrecer el Banco Santander por la cláusula suelo podríamos citar el pago en efectivo de las cantidades cobradas indebidamente o una mejora en el préstamo. Pero la entidad está devolviendo el dinero como política principal.
En su página web la entidad tiene un informe con toda la información básica relativa a las reclamaciones de la cláusula suelo. Facilitando un correo electrónico para ponerse en contacto con el servicio correspondiente de la entidad bancaria.
En el informe relativo a las reclamaciones que tenía el anterior Banco Popular, lo más relevante que se puede observar es:
- Indica que no se atenderán reclamaciones distintas a las reguladas por el Real – Decreto Ley 1/2017, que regula la protección de los consumidores en materia de cláusulas suelo.
- Existe un modelo de carta a tal efecto y se puede presentar en cualquier sucursal del Grupo Banco Popular. El plazo de presentación se inició el pasado 21 de febrero.
- Una vez presentada la reclamación la entidad tiene la obligación de atenderla.
- El banco será libre de considerar si la reclamación es o no procedente. En caso negativo informará al consumidor sobre las causas del rechazo.
- El banco realizará su propio cálculo. Esto es importante debido a que este cálculo se debe contrastar con los propios.
- El banco debe proporcionar al reclamante información suficiente y adecuada sobre la medida compensatoria y el valor económico de la misma.
- El plazo máximo del procedimiento extrajudicial para llegar a un acuerdo debe es de tres meses desde la presentación de la reclamación a la entidad. En caso de extinguirse el procedimiento extrajudicial el consumidor se encuentra con que únicamente puede acudir a los tribunales con su consiguiente coste y tiempo que supone. Sería difícil emprender otra acción extrajudicial.
- El banco debe informar al consumidor sobre las consecuencias tributarias de la medida adoptada.
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