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Ayudas al alquiler: Declaración de la Renta para el inquilino

La crisis económica vivida estos años atrás ha truncado los sueños de muchas personas y les ha dificultado adquirir su primera vivienda, o emanciparse definitivamente. Ahora, el mercado inmobiliario comienza a repuntar y los precios de los alquileres se ha disparado. A todo esto debemos sumar las restricciones del crédito, las cuales producen que acceder a una hipoteca sea una tarea casi imposible. Todo esto sin contar la amenaza del paro. De esta forma, el alquiler se ha convertido en una parada obligatoria para buena parte de la población, de modo que es importante que sepas que existen ayudas para el alquiler a las que podemos acceder los contribuyentes y de las que os hablamos a continuación. Estas son las Ayudas al alquiler: Declaración de la Renta (IRPF) para el inquilino.

Ayudas al alquiler: Declaración de la Renta (IRPF) para el inquilino

Desde hacía años el Gobierno trataba de fomentar la fórmula de la vivienda de alquiler, lo que se traducía en una serie de ayudas y subvenciones que nos permitían poder a ahorrar para convertirse en propietarios o simplemente para llegar a fin de mes con mayor holgura.

Qué ayudas podemos encontrar

Aunque algunas de las ayudas que se concedían todavía se mantienen, tenemos que añadir que, por otro lado,existen ayudas que se eliminaron. Tal es el caso de el poder declarar nuestro piso de alquiler si este ha sido alquilado durante el pasado año de modo que ya no podremos hacerlo tampoco para la Renta; se eliminó en la pasada declaración de la renta.

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De todos modos, no podemos olvidar que el Ministerio de Fomento ha desarrollado durante los últimos años y especialmente meses un programa para fomentar el alquiler y también para que cada vez más personas puedan acceder a esta forma de vivienda.

El Gobierno aprobó un Real Decreto que configura las ayudas del Plan Estatal de Vivienda-2021. La medida estrella de esta norma es que los menores de 35 años puedan acceder a una vivienda “digna y adecuada” en régimen de alquiler.

Desde el Ejecutivo establecen una serie de condiciones básicas para poder acceder a las ayudas al alquiler. Los inquilinos pueden aplicarse una deducción específica, si de da el presupuesto que su contrato de alquiler es anterior a. La desgravación por este supuesto es de un 10,5% de las cantidades pagadas.

Condiciones básicas para acceder a las ayudas de alquiler

Los requisitos para acceder a las ayudas para el alquiler para el inquilino son:

Quiénes no se pueden beneficiar de esta ayuda:

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Cuantía y tiempo de las ayudas

Además, también indica la cuantía y el tiempo máximo del que se podrán disfrutar de estas ayudas:

De todas formas, las indicaciones del Ministerio de Vivienda sólo actúan como líneas generales que marcan un límite máximo que después cada Comunidad Autónoma puede o no aplicar según estime oportuno.

Además, desde la Sociedad Pública de Alquiler de Viviendas también se informa de estas ayudas y ofrecen una serie de subvenciones adicionales para los inquilinos que alquilen  vivienda a través del programa de la SPAVIV.

Ayudas del programa SPAVIV

Entre sus ayudas destacan el asesoramiento a la hora de buscar vivienda, así como la seguridad de contar con el respaldo del estado, facilidades para conseguir un aval y sobre todo el poder alquiler bajo unas condiciones y un precio justo.

El Plan Vivienda Joven del Ministerio plantea más ayudas al alquiler para los jóvenes de entre 22 y 30 años través de la renta de emancipación.

En concreto se trata de un cheque de 210 euros mensuales para el pago del alquiler durante un máximo de cuatro años, a lo que hay que añadir un préstamo de 600 euros que se puede utilizar como fianza y 120 euros adicionales para los gastos de tramitación.

Plan Estatal de Vivienda –

Este plan amplía las ayudas para que los jóvenes puedan comprar o rehabilitar una vivienda en zonas rurales. Esta medida está destinada a evitar la despoblación de ciertos lugares.

En cuanto a cómo afecta el Plan de Vivienda-2021 a arrendatarios, cabe resaltar que el inquilino debe tener una renta inferior a 22.558 euros anuales. Esta cantidad corresponde a tres veces el IPREM en 14 pagas. 

Para un caso en el que se trate de familias numerosas o personas con alguna discapacidad, el límite de la renta para ser beneficiario de las ayudas del alquiler al inquilino asciende a cuatro veces el IPREM. Es decir, sería unos 30.078 euros de renta anual.

Estas cantidades corresponden a límites máximos, los cuales se aplicarán de forma general. El Real Decreto que regula esta medida (Plan de Vivienda) prioriza a los destinatarios del dinero de las ayudas.

Las personas con menos ingresos tendrán una mayor prioridad sobre el resto de los solicitantes. Para los inquilinos que viven solos y tengan más de 35 años se restringe la renta a 1,5 veces el IPREM (o lo que es lo mismo, unos 11.279 euros de renta anual).

Esto se traduce a que una persona que gane 805 euros al mes y que cuente con 14 pagas no tendrá acceso, o le será muy difícil acceder a las ayudas. Dado que tendrá otros solicitantes los cuales tendrán una mayor prioridad.

En cuanto a los límites impuestos, pueden ser ampliados por cada persona adicional que forme parte de la familia o la unidad de convivencia. Un matrimonio sin hijos o una unidad monoparental debería ganar unos 15.039 euros como máximo para acceder a las ayudas.

El desembolso por el alquiler por parte del inquilino no debe superar los 600 euros con carácter general. Sin embargo, en ciudades como Madrid o Barcelona, el límite se elevará a unos 900 euros.

Deducciones del alquiler por Comunidades

Por último, para fomentar el alquiler como modo de vida, la Agencia Tributaria contempla una serie de deducciones en la declaración de la renta por el alquiler de pisto como inquilino a pesar de que meses atrás se anunció por parte de la ejecutiva del gobierno que en la Renta ya no habría posibilidad de deducir el alquiler de nuestro piso en nuestra declaración de la renta.

Las deducciones para el alquiler para el inquilino también depende de la comunidad autónoma que se pretenda solicitar.

Qué podemos deducir de la declaración de la renta

Hasta hace unos años, el único mandato general era la deducción fiscal del 10,05% en el tramo estatal del IRPF  del coste del alquiler hasta un máximo determinado para ingresos netos interiores a los 24.000 euros anuales, es decir, para salarios brutos que no superaran los 28.000 euros.

De todos modos no tenemos que sentirnos defraudados si hemos alquilado un piso y creemos que ya no vamos a poder declararlo ya que por otra parte, las deducciones de cada región para la campaña-2017 aparecerán en breve reflejadas en el Manual de la Renta de la AEAT.

Para que tengáis un baremo de las cantidades aplicadas podemos utilizar como referencia las del año pasado que fueron las siguientes:

Deducción de alquiler en Andalucía

Las ayudas para el alquiler en Andalucía subvencionan el 40% de la renta a aquellos inquilinos que presenten unos ingresos limitados. Así como el 50% a aquellos que hayan cumplido 65 años. Además de un complemento para aquellos en situación especial de vulnerabilidad, pudiendo ascender hasta el 75%.

Deducción de alquiler en Aragón

Suponen el 40% de la cantidad que figure en el contrato de arrendamiento. En cualquier caso, el porcentaje se aplica a la cuantía efectivamente abonada para el pago de la renta (si es menor que la que figura en el contrato). No se aplica a otros gastos. La ayuda ascenderá al 50% sin la persona solicitante es mayor de 65 años.

Deducción de alquiler en Asturias

La Resolución de 25 de abril (en armonía con el nuevo Plan Estatal de Vivienda) de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales, está en la misma línea que en las Comunidades vistas anteriormente. Se trata del 40% de la renta mensual, la cual asciende al 50% para mayores de 65 años y jóvenes menores de 35 años.

Deducción de alquiler en Islas Baleares

El 40% de las cantidades satisfechas con un límite de 220€, para jóvenes entre 18 y 35 años. El montante del alquiler no podrá superar los 900 euros al mes y quedan excluidos aquellos quienes tengan otra vivienda en propiedad.

Deducción de alquiler en Canarias

Para un máximo de renta mensual de 500 euros o 600 euros, en el caso de familias numerosas, se subvenciona el 40% del montante del alquiler. Si el solicitante es mayor de 65 años, se le aplicará el 50%. Los jóvenes menores de 35 años entrarán dentro del programa de alquiler joven, la ayuda al alquiler destinada para estos casos es igualmente de un 50%.

Deducción de alquiler en Cantabria

El Gobierno de Cantabria aprobó el Decreto 4/2018, de 1 de febrero, en el cual se regulaban las ayudas del alquiler. La cuantía que se concederá a los beneficiarios es del 40% sobre la renta anual a satisfacer por el arrendamiento, siempre y cuando sea su vivienda habitual y permanente. El período de concesión variará desde las 12 mensualidades consecutivas, hasta las 36 mensualidades. El cómputo comienza desde el mes siguiente al de la presentación de la solicitud.

Deducción de alquiler en Castilla – La Mancha

Se concederá a los beneficiarios una ayuda del 40% de la renta mensual pagada, en Castilla – La Mancha sí están incluidos los gastos de comunidad, si así se hace constar en el contrato de alquiler. La ayuda asciende al 50% cuando se trata de personas mayores de 65 años.

Deducción de alquiler en Cataluña

El importe máximo de la ayuda está comprendido entre los 200 y los 240 euros mensuales. El importe mínimo es de 20 euros mensuales. Los requisitos para acceder a estas ayudas vienen determinados por el Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC), no el IPREM. Existe un límite mensual de renta máxima establecido por demarcaciones del territorio catalán.

En Barcelona, la renta máxima a pagar por arrendamiento para poder ser beneficiario de las ayudas al alquiler para el inquilino es de 900 euros (se trata de la prestación municipal).

Deducción de alquiler Murcia

Se conceden a los arrendatarios una ayuda del 40% de la renta mensual que deban abonar por el arrendamiento de su vivienda. En caso de que las personas tengan más de 65 años este porcentaje ascenderá al 50%.

Deducción de alquiler en Extremadura

Al igual que en muchas Comunidades Autónomas el importe a subvencionar es del 40% de la cuantía pagada en concepto de alquiler, el cual asciende al 50% en los casos de personas mayores de 65 años.

Deducción de alquiler en Comunidad Valenciana

El 40% del alquiler con un máximo anual de 1.800 euros.

Cómo se aplica la deducción en el régimen transitorio

La Ley permite seguir disfrutando de las deducciones de acuerdo con la regulación contenida en la Ley del IRPF, dado que el 1 de enero se suprimió la deducción por el alquiler de la vivienda habitual. Tales casos se aplican a los contribuyentes que:

Este régimen será aplicado sin perjuicio de la deducción aprobada por la Comunidad Autónoma correspondiente y los contribuyentes se podrán deducir el 10,05% de las cantidades que se hayan satisfecho en el período impositivo por el arrendamiento de su vivienda habitual, siempre que la base imponible sea inferior a 24.107,20 euros.

Esta deducción es de tipo estatal en su totalidad, afectando de esta forma únicamente a la cuota íntegra estatal (no a la autonómica). Por este motivo se ha mencionado que las deducciones autonómicas son totalmente compatibles con este régimen transitorio.

Cuál es la base máxima de la deducción

La base máxima para la deducción de alquiler en régimen transitorio será de:

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