La hipoteca inversa es un producto relativamente nuevo en el mercado español y está regulado por la Ley 41/2007 de regulación del Mercado Hipotecario. Se trata de una hipoteca que actúa como complemento económico a la jubilación y que permite obtener una renta estableciendo la vivienda habitual como garantía de pago.
En este sentido, la hipoteca inversa es como un préstamo personal contra el valor de la vivienda sólo que en condiciones mucho más favorables y que en lugar de entregar el dinero en un sólo pago lo difiere en mensualidades como si se tratase de una paga. Además, el banco no exigirá la devolución del dinero hasta que la vivienda se venda o su propietario (o beneficiario del préstamo) fallezca. En ese momento sus herederos podrán devolver el dinero que se ha prestado y ‘recomprar’ la casa o hacer efectivo el resto del préstamo.
Hasta hace poco la hipoteca inversa se había convertido en una buena fórmula para sacar un rendimiento real al patrimonio, sobre todo teniendo en cuenta que la casa supone casi el 80% del total de los bienes de los españoles. Así, los que contrataban este producto obtenían una renta adicional a su jubilación sin perder ese bien, además de lograr interesantes beneficios fiscales.
La crisis del sector inmobiliario, empeorada por las restricciones de crédito en bancos y cajas de ahorro amenazan ahora a las hipotecas inversas. Y es que las entidades financieras se están mostrando especialmente reacias a prestar dinero, sobre todo para fines inmobiliario, y cuando lo hacen las condiciones no son precisamente las mejores. Hay que tener en cuenta que al fallecimiento del beneficiario sus hijos pueden solicitar al acreedor, es decir, el banco que ejercite la garantía para recibir la parte del préstamo que resta por entregar. Así, el banco tendría un nuevo inmueble en sus manos, algo de lo que actualmente está sobrado.
El otro gran problema para quienes firman una hipoteca inversa es la caída del precio de la vivienda, que reducirá fuertemente la cuantía total del préstamo.