El nuevo año es sinónimo de actualización en el caso de alquileres y rentas. Con la publicación por parte del Instituto Nacional de Estadística (INE) del dato de inflación de diciembre ya tenemos la serie completa del IPC 2008. En concreto, la inflación cayó al 1,5% el último mes del año pasado y este será uno de los datos que debamos utilizar para actualizar alquileres y rentas, aunque no las pensiones.
IPC de los Alquileres
En primer lugar, convienen aclarar la obligatoriedad de actualizar las rentas de los alquileres según estipula la Ley de Arrendamiento Urbano (LAU) de 1994. En este sentido, durante los cinco primeros años la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador en la fecha en la que cumpla cada año de vigencia aplicando la variación porcentual experimentada por el IPC en un periodo de doce meses. A partir del sexto año la actualización se llevará a cabo según lo dispuesto por ambas partes o en su defecto por lo que marca la ley.
Es decir, que el IPC de los alquileres debe actualizarse cada doce meses a partir de la firma del contrato y no a principios de año. Calcular el incremento del alquiler es muy sencillo. Basta con aplicar la siguiente fórmula
Cuota de alquiler actualizada = cuota de alquiler inicial x (indice general del ipc del mes final / indice general ipc mes inicial)
O lo que es lo mismo
Cuota Alquiler Actualizada = Cuota Alquier Inicial x ( 1 + IPC)
En un ejemplo práctico para una persona con un alquiler de 1.000 euros que desee actualizar una renta con el IPC de diciembre de 2007 a diciembre de 2008 el resultado sería el siguiente:
IPC diciembre 2008: 106,9
IPC diciembre 2007:
Renta actualizada = 1.000 € x (106,9/105,399) = 1.014 euros
El resultado es el mismo que al utilizar la otra fórmula según la cual:
Cuota Actualizada= 1.000 x (1+ 0,014) = 1.014 euros
Para quienes deseen hacer el cálculo de forma automática, pueden pulsar aquí y acceder a la herramienta del INE para realizar estas operaciones. Basta con introducir el periodo a actualizar y la cantidad. Además, este es el mejor método para evitar disputas.
En general, quienes actualizan el alquiler de un año para otro, suelen tomar como referencia el periodo de diciembre a diciembre en lugar de enero a enero.
IPC de los salarios
Como consecuencia del aumento del coste de la vida los salarios pierden poder adquisitivo de un a otro, por lo que suelen revisarse conforme al IPC anual. Sin embargo, hay que tener en cuenta que cada sector cuenta con un convenio específico y que será este el que determine la subida de final a la que se debe proceder (muchas veces es el IPC más un porcentaje).
Muchas empresas todavía utilizan el IPC previsto (del 2% en este caso) para actualizar sus salarios en lugar del IPC real, que generalmente suele ser más alto, aunque en 2008 este no ha sido el caso.
IPC de las pensiones
A diferencia de los salarios, el IPC de la pensiones se actualiza con el dato de noviembre, cuando se registró una inflación del 2,4%. Esta cifra supone una desviación de 0,4 puntos porcentuales respecto al IPC previsto para todo el 2008 (2%) y fijado a principios del año pasado según la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Por eso, el Gobierno deberá actualizar estas rentas, lo que le supondrá un desembolso extra de 312 millones de euros.
La inflación prevista para 2009 es del 2% según los presupuestos.
Ejem, ejem… Si en el contrato aparece que el índice es el del IPC de Alquiler de vivienda (y el último dato disponible), habría que aplicar lo indicado el del mes de noviembre (porque se paga antes del día diez del mes habitualmente): 4,3%.
Por tanto, en el caso habitual que se aplique el IPC General, será el del mes pasado, superior: 2,4%.
En el INE hay una nota de prensa a 12 de diciembre del 2008 con el desglose del IPC (en formato excel y en PDF).
Pues eso, afinemos un poco más y seamos más rigurosos.
– Un saludo –
Efectivamente, el IPC se actualiza con último dato disponiblel. Es decir, que si el contrato se firmo en enero, se utiliza el IPC de diciembre.
Por eso mismo, para actualizar el IPC de los alquileres de un año a otro se suele utiliza el IPC de diciembre, ya que la mayoría de contratos vencen en enero.
Necesito conocer como puedo calcular la nueva renta de un alquiler que me cumple en el mes de junio del presente año (2009)
Buenas tardes!
La empresa en que trabajo comunica que no subira el ipc porque estoy percibiendo una cantidad superior al convenio ¿esto es verdad? he leido el convenio y no dice nada sobre el IPC, saludos
Donde está reflejado que el IPC previsto por el Gobierno sea del 2% para el 2009?
tengo un alquiler desde 2006 la ultima vez que me subio el ipc fue en enero del 2008,ahora me toca renovar,que ipc tengo que aplicar? el 0.8 de enero?
Hola estoy de alquiler de un piso el contrato comenzo 24/4/2008 ,cuanto me tienen que subir de IPC en el alquiler? o no me tienen que subir? por el IPC negativo de abril.
Gracias
Quisiera saber que subida me corresponde en la subida del ipc de ahora en junio que es cuando mi ex, me tiene que actualizar la pensión de alimentos de mi hijo. Gracias
Senyorsw:
A finals del proper mes d’agost, he de regularitzar l’increment del IPC, al llogater del meu pis, sóc gran i visc amb la filla.
Podriem indicar-me quin és l’IPC que va de 31 agosto de 2008 a 31 agost de 2009.
Salutacions.
Isabel Altaba
HOLA ISABEL,
Podrás utilizar el IPC de julio para actualizar la renta de agosto, pero este todavía no se ha publicado.
En el mes de julio el juez establece un pension alimenticia de 600 euro, con revisión del IPC en el mes de enero.¿El primer incremento de la pensión será del IPC de todo el año o solo el IPC de julio a enero?
Gracias
HOLA PEPE,
Puedes encontrar la información que buscas en el siguiente artículo: Actualizar una pensión alimenticia