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Qué es la tarifa plana para autónomos y requisitos

En un principio la bonificación de dejar una tarifa plana para las cuotas de los trabajadores autónomos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social se estableció para menores de 30 años. No obstante, a finales de septiembre esto cambió y pueden disfrutar de esta bonificación tanto mayores como menores de esa edad. Sin embargo es necesario cumplir una serie de requisitos para poder acceder a ella. Hoy en Opcionis profundizaremos en la tarifa plana para las cuotas de la Seguirdad Social para autónomos.

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¿Qué es la tarifa plana para autónomos?

Es y sigue siendo una medida para impulsar el autoempleo y hacer más fácil el acceso a los emprendedores a llevar a cabo su proyecto. Esta medida consiste en el pago de una cuota mensual reducida al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social de tan sólo 50 euros. En lugar de los 275,02 que normalmente se pagan como cuota (mínima) mensual.

En un principio, la ayuda era tan solo para menores de treinta años, sin embargo se amplió. El hecho de su ampliación a mayores de 30 años ha tenido un gran impacto en el tejido laboral, se han beneficiado de ella más de 1.200.000 nuevos autónomos. Esto significa más trabajo y nuevos proyectos, algunos de ellos innovadores.

Para acceder a esta bonificación hay que solicitarla en la Seguridad Social al darse de alta en el RETA.

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¿Cuáles son los requisitos de la tarifa plana para autónomos?

La tarifa plana para autónomos viene regulada en el Real Decreto Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y estímulo de crecimiento y la creación de empleo. En esta Ley se exponen los requisitos necesarios para disfrutar de esta bonificación.

El primer y principal requisito es el siguiente:

“No haber estado de alta como autónomo en los cinco años anteriores”.

Este requisito se modificó en base a que pudieran acceder a esta bonificación los mayores de treinta años.

Además de este principal requisito, la Tesorería General de la Seguridad Social introdujo tres requisitos adicionales:

En el caso de estar en pluriactividad entre trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia como trabajador autónomo, la Ley contempla que se podrán solicitar otro tipo de bonificaciones, pero no la tarifa plana. Sí que se contempla para el caso de estar dado de alta como socio en una cooperativa de trabajo asociado.

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Cuantía de la tarifa plana para autónomos

Por consiguiente se puede observar que la tarifa plana tiene un período de vigencia y que tras él queda sin efectos. No obstante con las nuevas medidas que se han aprobado para este, el período para la tarifa plana queda ampliado a 24 meses.

En el siguiente apartado veremos todo lo concerniente a la ampliación de la tarifa plana, puesto que tal y como acabamos de ver, verdaderamente la cuota de 50 euros solamente se aplica durante los 12 meses (excepto para el caso de los autónomos andaluces, tal y como veremos).

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Ampliación de la tarifa plana de autónomos a 18 meses

¿Qué ocurre cuando la bonificación que se ofrece a los autónomos y que comprende la tarifa plana se agota? En tales casos es posible solicitar una ampliación. Los requisitos son ser menor de 30 años (ser menor de 35 años para mujeres).

La tarifa plana, tal y como hemos visto se aplica por un año más, hasta un total de 24 meses. En este período, el autónomo va perdiendo. Hasta quedar en un 30% desde la finalización del mes 18 hasta el mes 24 desde su alta en el RETA (último período de la tarifa plana).

En otras palabras, una vez transcurrido el período de 12 meses en los cuales el trabajador autónomo ha disfrutado de 50 € mensuales de cuota (tarifa plana), es posible solicitar la ampliación a un período de 18 meses (cumpliendo los requisitos). La cifra a pagar en la cuota de la Seguridad Social se verá reducida en un 50%. Posteriormente, puede solicitar la ampliación durante 6 meses más (un total de 24 meses). Siempre y cuando siga cumpliendo los requisitos. La reducción en este último período es de un 30%.

Por lo tanto, podríamos hablar de una ampliación de la tarifa plana para jóvenes.

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Cuándo se hace cada pago

Como cualquier otro pago del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, las cuotas de la tarifa plana y su correspondiente ampliación se aplican de forma mensual. Es decir, las cifras a las que estamos refiriéndonos son cifras mensuales.

Con una base de cotización mínima y aplicando la ampliación de la tarifa plana a 18 meses, la cuota mensual quedaría en 137, 97 euros (un 50%).

La ampliación de la tarifa plana de autónomos en la Junta de Andalucía

La Junta de Andalucía ha conseguido ampliar la tarifa plana, es decir, la cuota mensual de 50 euros, durante todo período de 24 meses. Se trata de una iniciativa parlamentaria impulsada por Ciudadanos (en el Parlamento de Andalucía).

De esta forma, los autónomos andaluces disfrutarán de unas medidas extraordinarias. Asumiendo la propia Junta de Andalucía la diferencia monetaria existente entre la ampliación de la tarifa plana (50% y 30%, según el período) y los 50 euros al mes.

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