La Tarifa Plana para autónomos es una medida para fomentar el autoempleo y el emprendimiento en nuestro país. En un principio se aplicó tan sólo a jóvenes menores de 30 años. Sin embargo y en vista de los buenos resultados que ofreció, se amplió para todo aquel que pretenda darse de alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social y cumpla una serie de requisitos. A continuación vamos a repasar todo lo necesario sobre esta medida. Vamos a adentrarnos en la Tarifa Plana para trabajadores autónomos.
Qué es la Tarifa Plana para autónomos
Es una medida del Ministerio de Empleo y Seguridad Social para impulsar el autoempleo. Es una rebaja en la cuota a la Seguridad Social que pagan los trabajadores autónomos. Consiste en una reducción hasta dejar la cuota en 50 euros mensuales. Recordemos que la cuota mínima de Seguridad Social que tienen que pagar los trabajadores autónomos asciende a 275,02 euros, por consiguiente la reducción es bastante significativa.
Su utilidad ha sido tal que el Gobierno tiene previsto ampliar el plazo en el cual se puede disfrutar de esta reducción de las cuotas hasta un año. Cabe recordar que este es tan sólo el primer tramo de la reducción. Tras este primer año no se podrá seguir con esta importante reducción, no obstante existen otras. Ahora bien, esta medida es la más beneficiosa.
Requisitos para solicitar la Tarifa Plana para autónomos
Los requisitos para acceder a la Tarifa Plana de 50 euros vienen recogidos en varias leyes. En principio se trataba del Real Decreto Ley 4/2013 de 22 de febrero, posteriormente esta Ley ha sufrido varias modificaciones.
En su conjunto, con toda la legislación que ha ido perfilando la regulación de esta medida, los requisitos para solicitar dicha medida quedan de la siguiente forma:
- No haber estado de alta como autónomo en los cinco años anteriores
- No ser administrador de una sociedad mercantil
- No haber recibido anteriormente una bonificación de la Seguridad Social como autónomo, aunque hayan pasado más de cinco años
- No ser autónomo colaborador
Hay que matizar que sí es susceptible de solicitar la Tarifa Plana un trabajador que se encuentre adscrito a una sociedad cooperativa de trabajo asociado.
Para solicitar la Tarifa Plana para autónomos simplemente se expresa en el momento de proceder al alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo.
Cuantía de la Tarifa Plana
Para este los tramos de las cuantías de todas las reducciones quedan de la siguiente manera:
- Primeros 6 meses: tarifa plana de 50 euros en la cuota de la Seguridad social. A partir del 1 de enero este plazo se ampliará a un año.
- Desde el séptimo mes hasta el año: se extingue la tarifa plana, sin embargo el trabajador autónomo puede disfrutar de una reducción del 50% en sus cuotas a la seguridad social
- Meses del 13 al 18: la reducción en las cuotas de la Seguridad Social pasa a ser del 30%.
Hemos comentado que esta serie de medidas cambiarán para el próximo. Ampliándose desde los 18 meses hasta los 24 meses, en los cuales los 12 primeros se puede disfrutar de la Tarifa Plana de 50 euros. Además de la ampliación de los plazos, se flexibilizarán los requisitos para su acceso.