En el artículo que presentamos a continuación veremos cómo una persona puede declararse insolvente, así como cuándo se puede dar esta circunstancia. El hecho de tener unas deudas superiores a los ingresos y al propio patrimonio que se posee puede ser una situación angustiosa para muchos deudores. Es posible que este asunto se vaya de las manos y entremos en una espiral de embargos, recargos de intereses y reclamaciones judiciales. No obstante existe una solución efectiva gracias a la Ley de Segunda Oportunidad. Es lo que vamos a tratar aquí en este artículo sobre cómo y cuándo declararse insolvente.
Cuándo declararse insolvente
Cuando una persona se declara insolvente, se presupone que le es imposible hacer frente a todas sus deudas. Es posible que el sujeto tenga bienes, sin embargo no son suficientes para satisfacer la cantidad de deudas.
Partiendo de la base que todas las personas responden a las deudas con la totalidad de su patrimonio (presente y futuro), si no disponemos de patrimonio suficiente para responder a dichas deudas, lógicamente estamos en situación de quiebra técnica o insolvencia. Aunque todavía no podemos considerar que somos insolventes puesto que no hemos sido declarados como tales formalmente. Y es precisamente lo que pretendemos concluir con esta exposición: La insolvencia es un status formalmente establecido, solicitado y decretado en un procedimiento judicial.
Por consiguiente y respondiendo a la pregunta que da título a este encabezamiento: ¿Cuándo declararse insolvente? Debemos decir que esta situación puede tener origen cuando no podemos hacer frente a nuestras deudas, gocemos o no de otros bienes en patrimonio para atender los pagos. El fin de declararse insolvente es intentar atender las deudas de una forma efectiva mediante un procedimiento judicial; en el cual se establece un plan económico viable y terminar con las deudas de un modo que no anule económicamente al deudor en un futuro.
En ocasiones puede que se condone alguna deuda, o parte de la misma; pero este no es el verdadero sentido de declararse insolvente. Se trata de obtener una tutela judicial para proteger a las personas físicas y jurídicas (principalmente a las empresas, es decir, a las personas jurídicas). El procedimiento judicial al que hacemos referencia se denomina “Concurso de acreedores” y viene regulado en la ley 22/2003 (Ley concursal). Para las personas físicas existe la Ley de Segunda Oportunidad.
Cómo declararse insolvente: pasos a seguir
Intentar agotar todas las vías posibles
Como requisito previo es necesario intentar agotar todas las vías extrajudiciales que tenemos a nuestro alcance. Intentar negociar con los acreedores es el primer paso.
Se trata de un concurso de acreedores previo, de forma “extraoficial”. Es decir, se acude a un notario y se intenta llegar a un acuerdo con los distintos acreedores. En ocasiones simplemente se trata de una mera formalidad previa, puesto que es difícil alcanzar un consenso para el pago de las deudas (sobre todo si los acreedores son bancos). Un acuerdo puede exigir una quita de parte de la deuda y ciertos acreedores se muestran reacios, por lo menos en esta primera instancia.
En este proceso, el deudor puede liquidar sus bienes para hacer frente a las deudas, pactar un calendario de pagos o cualquier otro asunto (incluyendo quitas, esperas, carencias, novaciones, refinanciaciones, etc.).
El proceso puede ser tutelado por un juez y el deudor puede solicitar en este punto un mediador concursal. Una figura que actuará como interlocutor entre ambas partes y que facilitará los acuerdos.
Presentar solicitud en el Juzgado de lo Mercantil
Si el paso anterior no ha surtido efectos (aunque, si bien, es necesario), el deudor (y el mediador concursal) debe acudir a un juzgado de lo mercantil y presentar una solicitud de concurso de acreedores voluntario, firmada por un abogado y un procurador. En este punto, el juez competente puede exonerar al deudor de una parte de las deudas; siempre y cuando se considere que no tiene dinero ni activos para afrontarlas y el deudor haya demostrado buena fe.
Es por esto por lo que el paso anterior previo es importante: Se presumirá buena fe por parte del deudor si, entre otros requisitos, ha intentado alcanzar un acuerdo con sus acreedores. El hecho de que un juez considere buena fe al obrar ante las deudas puede otorgar ventajas a la persona que pretenda declararse insolvente.
Presentación de listado de dinero y bienes del deudor
Junto con la solicitud de concurso de acreedores, el deudor debe incluir un listado con los bienes y dinero que dispone, o que se prevé que pueda disponer en un futuro. El objetivo es facilitar una masa de bienes (masa activa) sobre la que se verterbrará el concurso de acreedores.
Estos bienes, o mejor dicho, aquellos que el juez considere que no son útiles para el desarrollo laboral, profesional o vital del deudor, pueden ser susceptibles de liquidación para atender todas o parte de las deudas que conforman el concurso (denominada la masa pasiva).
Paralización de los embargos y designación del administrador concursal
Al tratarse de un procedimiento formal, autorizado y tutelado por un juez de lo mercantil, será esta autoridad la que autorice el cómo y cuándo se atienden las deudas (en base a las negociaciones que se alcancen y las liquidaciones que se puedan realizar). Por lo que los embargos y las reclamaciones quedarán paralizadas.
En este punto se designará un administrador concursal, pudiendo ser el propio mediador que actuó anteriormente, encargado de administrar la masa activa y negociar con los proveedores (los cuales pueden estar más dispuestos ahora que un juez puede establecer quitas y esperas).
Si hay un acuerdo en este punto del concurso de acreedores, se aprueba un convenio y se da por concluido. Si, por el contrario, no hay acuerdo entre el administrador concursal y los acreedores, habrá que que liquidar bienes de la masa activa y venderlos para la devolución de las deudas.
Tal y como hemos comentado, el juez tiene potestad para establecer quitas. Es decir, exonerarnos de deudas o parte de las mismas. Siempre y cuando se considere que existe buena fe en el procedimiento para declararse insolvente. Ahora bien, las deudas con Hacienda, la Seguridad Social o las multas y sanciones administrativas no serán objeto de una reducción de la cuantía que se debe pagar. Todas las quitas provienen de acreedores privados.
El proceso de declaración de insolvencia puede tardar unos seis meses, aunque es difícil establecer fechas debido a que cada proceso es diferente y pueden existir problemas, trabas, negociaciones complejas y otras situaciones que paralicen la buena marcha del concurso de acreedores.
me deje llevar por una señora que me ofrecio que pudia sacar un credito facil’ despues me saco otro de vivienda y otro y otro y otro mi trabajo era la plateria pero con tantas deudas el negocio se me vino abajo un negocio de hace 10 años la señora me cobro las comisiones de todos los creditos y yo me agustiaba al ver que mi negocio sangraba y de ahi sacaba para todo guardaba la esperanza que me recogiera cartera esp decia ella y eso nunca ocurrio ahora no tengo nada estoy endeuda algunos clientes me robaron mejordicho me llego la crisis economica no se que hacer mi esposo lo robaron y no sea recuperado yo soy la unica que trabajo en lo que me salga he venido abonando en algunos bancos pero ya no doy mas no duermo me duele mucho el pecho mi esposo solo dice porque se endeudo no se que hacer me declare insolvente pero no me ha servido de nada me han amenazado a todas horas me llaman los domingos en la noche por favor ayuden a veces me provoca salir corriendo y no volver estoy tan angustiada tengo hijos solo le pido a DIOS QUE ayude porque aveces pierdo como la esperanza de salir de esto necesito ganar como 3000000 para pagar mis deudas del mes por favor si saben de un trabajo legal no duden en contatarmen QUE DIOS LOS BENDIGAN Y NO SE ENDEUDEN
Hola !entré en concurso ,se me quitaron en un 50% ALGUNAS DEUDAS LAS MÁS CHICAS,pero la hipeotecaria que era por 50.000dolares el hijo de remil del juez en vez de achicar le mandó cincuenta mil dolares más de intereses el acreedor no quiere arreglar se quiere quedar con todo, pregunto puedo presentarme al juez y decirle que puedo pagar 200 dolares por mes? gracias por su ayuda.-SIlhay
hola buenas tengo una pregunta aver si alguien me puede aconsejar sobre una tema de cantidad .mire e trabajado en una impresa 1 ano y algo y me debe unos 8000 mil euros la nomina de unos 7 meses ademas el despido yo le hecho una demanda por cantidad la impresa que yo estaba trabajando todavia functiona y quero saver si la impresa se declara insolvente voy a recibir algo de dinero si ella en la hora del juicio no esta functionando o si esta functionado que pasa voy a recibir algo o no .porfavor alguie que me ayude.
tengo una pregunta si una impresa me debe dinero y se declara insolvente y ella todavia functiona que pasa voy a recibir my dinero o no y me puedes decir porfavor cuanto tempo tengo que esperar para una definicion del juicio o bie a quie tengo que dirigirme para solucionarlo mas rapido.un saludo y muchas gracias
hola me gustaría que me ayudaran con mi problema.Mi compañera y yo tenemos un negocio a medias (una peluquería) llevamos un tiempecillo con esto de la crisis muy mal debemos varios prestamos,dos meses de autónomo…etc ya nos han mandado varias cartas de que si no pagamos nos embargan los bienes pero es que no sacamos bastante dinero como para pagarlo todo q podríamos hacer para que las deudas no siguieran subiendo GRACIAS.
HOLA PATRICIA,
Depende mucho del tipo de deudas del que se trate y de quien sea el deudor. Lo primero sería tratar de renegociar con el banco para aplazar el pago o establecer un periodo de carencia en el que sólo tengáis que hacer frente a intereses. En cuanto a las cuotas de autónomo, siempre podéis pagarlas más tarde con un recargo.
Tengo un problema y no le veo solución. Trabajaba en una empresa que cerro por Concurso Voluntario y nos dejó en la calle con un impago por salaros y despido de casi 40.000 euros. Esta cantidad es ya reconocida por la Admon. Concursal y el Juzgado, con certificado en manos de Fogasa a espera de que me lo abonen. De todo esto hará dos años en Septiembre de 2011. No acaban de pagar, y dicen que tardarán todavía unos meses. Me puse como autónomo y me está costando mucho salir a flote, de hecho, ya acumulo deudas de pago por valor de 3.000 Euros , además de la hermosa hipoteca que pago al mes de 900 €uros. El próximo mes de Mayo no podré pagar ni una cosa ni la otra, por lo que estoy viendo, al menos de forma completa.
Estoy pensando en pedir a los abogados que me representan para el cobro de mis derechos de la empresa que me despidió que me tramiten un CONCURSO VOLUNTARIO, dado que no puedo llevar al día mis pagos, el banco no ayuda ya, y lo que tengo que cobrar es un dinero.
¿que les parece?
saludos,
Hola ,soy gerente de una pequeña empresa, he contraido una deuda de 7000 euros con un provehedor que no puedo pagar….. una empresa de credito juridica me acaba de enviar un aviso para que pague inmediatamente la deuda pero me es imposible.Que me puede pasar si no pago, yo no tengo nada a mi nombre ya que no tengo nada de propiedad y voy a tener que cerrar mi empresa porque cada año genera mas deudas y ya no me dan mas credito…….
Un saludo
la comunidad de vecinos me quiere denunciar, por unas cuotas de la comunidad que no tengo pagadas, por un total de 650€. yo no me niego a pagar, yo estoy pagando en la actualida son letras aniguas, yo le propuse que se cobraran la del mes actual y una atrasada cada mes hasta quedarme a cero de deudad, yo no puedo pagarlo de otra manera ya que estoy parado y no tengo ningun ingreso tal como el paro, la ayuda ni nada por el estilo., que me puede pasar si me denuncia. gracias y un saludo.
Tengo una deuda de 15mil a seg social y 10mil a hacienda .ahora mismo tengo un bar de alquiler y estoy de alta de autonomo.me poden cerrar el bar por no pagar la deuda? Seria una buena opicion poner a mi hermano de autonomo para q no m lo cierren? Estoy hecho un lio.ayudenme..
Hola Eli,
Lo cierto es que sí te pueden cerrar el negocio por tener deudas a la seguridad social, aunque no suele ser lo habitual. Lo normal es que Hacienda se muestre dispuesta a negociar.
Por otra parte, la opción que propones de hacer que tu hermano sea autónomo implicaría, supongo, un traspaso con los consiguientes gastos.
Hola necesito ayuda y consejos mi jefe dejo de pagar mi seguridad social y ahora que me e ido al paro la ss a anulado mi periodo de alta y por lo tanto no tengo derecho a paro y creo k me toca pagar consejos plissss
Buen día
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hola
estaría interesado en un crédito de 40000 euros para refinanciar deudas que al ser de varias entidades no llego a pagarlas
Tengo unas deudas entre hipotecas 1300 + 280 + 400; prestamos 132 + 132 + 100 + 200; y gastos de la casa de 250 (luz, agua y comunidad); mi sueldo me lo han ido bajando desde 2500 ahora cobro 2000; quisiera saber como puedo aceder a un concurso de acreedores para poder negociar con mis acreedores, no para no pagarles si no para pagarles en funcion de mis ingresos, que siguen menguando mes a mes.
Muchas Gracias
Hola,
Mi esposo le debe a una cooperativa financiera, y hace dos meses se quedo sin empleo, en el momento esta al dia con el credito, pero ya no tiene como seguir pagando la deuda. Alguien me puede decir que hacer en este caso?
Gracias.
Tenemos mi pareja y yo un Préstamo al Consumo, hasta hoy se han ido pagando las cuotas mes a mes. 316,00€/mes. Su total con el % el TAE…. llega a una cantidad de 13.000€. La situaciones personales cambian y esto es lo que nos ha pasado, mi pareja lleva más de DOS AÑOS Y MEDIO en paro (425 €/mes) , yo trabajo en Sanidad (Barcelona) 1..100€/mes. Con el alquiler del piso 515€ + luz+ Gas…. no podemos hacer frente a todos estos gastos. Lo que os ruego si podéis es informarme de:Si NO PODEMOS (no nos negamos) pagar este Crédito al Consumo, `puede determinar un JUEZ, la cantidad que podemos hacer frente al mes, sin quedarnos en la calle y poder comer.
GRACIAS y esperamos nos podais informar.
Hola, mi problema es que yo empece como autónoma y como la cosa iba bien llegue a tener empleados, la cosa se acumulo al no pagar la gente y se me quedo una deuda con la seguridad social y hacienda, ahora estoy trabajando para una empresa de una amiga que sabe todo y que va a cerrar, mi miedo es quedarme sin trabajo y que puedo hacer para seguir trabajando. Tengo claro que me van a quitar si empiezo a trabajar pero me quitaran el 30% de la diferencia entre el minimo inembargable y lo que gane de cada una de hacienda y seguridad social o entre las dos?
Otra pregunta es que si yo me quisiese hacer otra vez autónoma podría? quedándome con algunas de las comunidades que se limpian y limpiarlas yo, así pagar autónomo los pagos apartar de ahora y sacarme un sueldo y que me quitaría o como? me harían ingresarlo o se lo pedirían a alguna comunidad?
por favor decirme algo que no se como continuar para vivir. Un saludo.
Hola ,quisiera que me digan que puedo hacer ,tengo un préstamo personal ,el cual he dejado de pagar hace 2 años y medio aproximadamente, debido a que por sircustancias de la vida , mi relación matrimonial , se desvaneció , y ahora estoy pagando para mis hijos una pensión de alimentos de 480 € otro crédito de 180 € , y loguicamente el alquiler donde vivo ,ganando una mensualidad de 1100€ ,a día de hoy me llama una asosoria jurídica reclamandome la cantidad de 10.300 € en calidad del préstamo ,que puedo hacer ya que me encuentro en defisis ,para solventar este pago ,pero tengo todas las ganas de buscar un acuerdo para solucionar esta situación, muchas gracias
Me olvidaba comentar estoy a punto de sentarme en el juzgado por dicho crédito ,me pueden obligar a pagar la totalidad de este crédito , aun estando pagando la manutención de alimentos de mis hijos ? Gracias
Buenos días,
Al estar trabajando y tener una nómina te obligarán a pagar, pero dependiendo del juez la cantidad mensual será menor o mayor.
Básicamente terminarás pagando mes a mes una cantidad impuesta por el juez, si tienes una vivienda en propiedad (aunque la estés pagando) pueden embargártela, pero si tus hijos viven en ella y tu no, es más complicado que lo hagan, al final la última palabra la tiene el juez.
Mucha suerte.
Tengo el siguiente problema. Estoy divorciado y soy funcionario con 1350 € netos anuales. la vivienda está hipotecada quedan 145.000 € y más de 20 años, pero al corriente de cuotas y que mi ex que también trabaja y yo seguimos pagándosela, pero una sentencia judicial me condena a pagar 60.000 euros a una empresa y no los tengo. Me hablan del concurso de acreedores. Cómo iría el asunto y si esta empresa se puede negar a adherirse y qué ocurriría.
Gracias.
perdon pero son 1350 € netos mensuales.
Hola, resulta q tenia una tienda que he cerrado en el mes de octubre por no poder hacer frente a los gastos, me ha quedado una deuda de 1000€ con un proveedor q me esta reclamando pero no tengo trabajo ni ingresos, que puedo hacer, gracias