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Qué es el certificado de residencia y cómo conseguirlo

Supongamos en este caso que estamos viviendo en el extranjero y necesitamos realizar una renovación del DNI. En tal caso en principio necesitaríamos el certificado de residencia. Hoy en Opcionis veremos de qué se trata este certificado y los pasos necesarios para conseguirlo.

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¿Qué es el certificado de residencia?

El certificado de residencia es un documento que acredita la condición de residente o no residente en España o en un determinado país. De tal modo que los extranjeros pueden estar inscritos como residentes en España en el Registro de Matrícula de la Oficina Consular.

También sirve para casos contrarios. Españoles que se encuentren en el exterior y deseen acreditar su residencia fuera de España

En concreto, para el caso español, se expide al amparo de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social, más concretamente en su artículo 34.2. También en el Reglamento que desarrolla esta Ley (Real Decreto 557/2011, de 20 de abril).

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¿Cómo conseguir el certificado de residencia?

El certificado de residencia se puede solicitar en los Consulados. También es posible conseguirlo a través de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares. Esto para el caso de que tratarse de ciudadanos españoles en el exterior.

De esta forma, cualquier español puede acreditar que está inscrito en el Registro de Matrícula Consular. Se suele utilizar en casos de expedición o renovación del Documento Nacional de Identidad.

Para solicitarlo se debe:

Los requisitos para poder acceder al certificado de residencia, según expone la Policía Nacional a través de su Portal de Inmigración son los siguientes:

Procedimiento para la obtención del certificado de residencia

En primer lugar hablaremos del sujeto que está legimitado para la presentación de la solicitud. En este caso, según informa la Policía Nacional, es el propio extranjero el que debe hacer los trámites personalmente. No es susceptible de delegar en otra persona.

En cuanto al lugar de presentación, hemos comentado que estos documentos dependen del consulado. Sin embargo la Dirección de General de Policía y de la Guardia Civil tiene competencias siempre y cuando se presenten desde España, al igual que las oficinas de extranjería o la comisaría de policía de la provincia en la cual se tenga la residencia. En casos de que el certificado de residencia se realice desde fuera de España, sí que se deberá dirigir a la oficina consular o bien a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras.

Por lo referente a las tasas, deberán abonarse con antelación. Por lo menos con anterioridad a la resolución del procedimiento. Para ello se deberán tramitar:

Tan sólo nos queda hablar de los plazos para acabar con este apartado del procedimiento de obtención del certificado de residencia: El plazo de resolución de la solicitud será de cinco días desde la entrara en el registro (de dicha solicitud). El registro puede ser de cualquiera de los organismos competentes descritos unos párrafos más arriba.

Para la renovación del Documento Nacional de Identidad

Los certificados para la expedición o renovación del DNI tienen una validez de 3 meses desde la fecha de su expedición. En principio el DNI sólo es posible renovarlo a través de una oficina de expedición del DNI. para ello hay que solicitar una cita previa.

Sin embargo los españoles residentes en el extranjero deben acreditar su residencia mediante el certificado objeto de este texto en la correspondiente oficina de expedición. Para ello deben solicitar al Consulado el mismo.

Para el caso en que se solicite el DNI por primera vez, se necesita adjuntar una partida de nacimiento en el Registro Civil de la localidad donde está inscrito su nacimiento.

En síntesis. Es necesario acudir al Consulado para realizar dicho trámite, desde allí y con toda la documentación que se ha expuesto nos facilitarán el certificado de residencia con objeto de renovar el Documento Nacional de Identidad. Para más información siempre se puede consultar la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Para finalizar, debemos decir que es posible solicitar a través de Internet cita previa para llevar a cabo todos los trámites. Bien sea para la presentación de las correspondientes solicitudes u otros aspectos. También es posible descargar de forma telemática las tasas de las autorizaciones de extranjería, consulta sobre el estado de su autorización, presentación electrónica de renovaciones y de solicitudes de larga duración, aportación telemática de documentos; y demás trámites que sean susceptibles de llevarse a cabo, referentes a este asunto.

Estas gestiones vía Internet son mucho más rápidas si se dispone de certificado digital.

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