¿Qué es el certificado de empresa?
El certificado de empresa es un documento que acredita una situación legal de desempleo y su causa. La situación legal de desempleo es un requisito necesario para poder obtener la prestación de desempleo. Puede ser por despido o por finalización de contrato laboral. No es situación legal de desempleo la baja voluntaria del trabajador en la empresa.
En dicho certificado, por lo tanto, se expone el motivo por el cual la relación laboral queda extinguida. En el mismo también se expone si el trabajador tiene o no derecho a la prestación por desempleo (dependiendo de la causa del cese de la actividad). También se expone en este documento el importe al que el trabajador, ahora desempleado, tiene derecho por desempleo.
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¿Cómo conseguir el certificado de empresa?
Para solicitar el certificado de empresa el primer paso es solicitarlo al departamento de personal o al representante legal de la empresa. La solicitud de este certificado se realizará una vez finalizado el contrato o el servicio de la empresa. Suele acompañarse junto con toda la documentación legal de cese de actividad (finiquito, posible indemnización, etc.).
Si el representante legal de la empresa, el departamento de personal o la persona administrativa correspondiente no se dispone a facilitar este documento, en el plazo de 15 días se puede solicitar en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Para ello el trámite es el siguiente:
- Acreditar la identidad mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante
- Rellenar un impreso de “Declaración de carencia de documentación”. Este documento está disponible en la oficina de desempleo.
Tras estos trámites será el propio Servicio Público de Empleo Estatal, a través de los servicios autonómicos, el que requerirá a la empresa directamente el certificado de empresa.
En cualquier caso, la mayoría de las empresas están conectadas telemáticamente con la Tesorería General de la Seguridad Social (mediante el “Sistema RED”). Esta conexión en el sistema informático permite cruzar datos con el SEPE y por consiguiente conocer de forma automática las cotizaciones del trabajador para determinar las cuantías en el correspondiente certificado. En caso de que la empresa no esté incluida en dicho sistema de conexión informática, debe entregar los documentos TC2 al trabajador de los 180 días anteriores al cese de la actividad laboral.
Es obligación de la empresa, a través de la persona o departamento correspondiente, la entrega de dicho certificado junto con toda la documentación necesaria para que el trabajador esté en condiciones de solicitar la prestación por desempleo. Por tanto, en situaciones normales, será la propia empresa la que nos facilite el certificado de empresa. El trámite a través del SEPE expresado puede darse en casos en que la relación haya terminado de forma tensa. Aún así, este documento tampoco tiene que entregarse en mano del trabajador, la empresa puede remitirlo directamente a la oficina de empleo (de hecho normalmente lo hacen así).
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