¿Qué es el suelo hipotecario? Se trata de una cláusula que algunos bancos incluyen en la hipoteca para protegerse ante una eventual caída del índice de referencia por debajo de ciertos niveles. Desde un punto de vista técnico se conoce como cláusula de tipo de interés mínimo en la hipoteca y fija el porcentaje de intereses que habrá que pagar sea cual sea la situación económica.
El suelo hipotecario determina los intereses mínimos que tendremos que abonar aún cuando la suma de índice de referencia más diferencial sea menor. Es un ‘seguro de protección’ de los bancos para momentos en los que el Euribor sea demasiado bajo, tal y como está ocurriendo en este momento. Así, por ejemplo, una persona que tuviese que revisar ahora su hipoteca referenciada al Euribor con un diferencial de 0,5 puntos tendría un tipo de interés cercano al 1,8%. Sin embargo, si su hipoteca cuenta con una cláusula de interés mínimo, deberá abonar el interés que figure en ella.
Generalmente el suelo de la hipoteca se acompaña de su correspondiente techo, que determina los intereses máximos que el hipotecado deberá afrontar. En teoría se trata de una herramienta justa que protege tanto al banco como al usuario (al primero con un mínimo y al segundo con un máximo). Sin embargo, el problema es que mientras el suelo hipotecario es relativamente fácil de alcanzar, el techo se sitúa en límites irreales que es muy difícil que se lleguen a producir.
Muchos hipotecados que han firmado esta cláusula se preguntan si es legal el suelo de las hipotecas y la respuesta es afirmativa. En principio el banco debe entregar al cliente todas las condiciones del préstamo antes del día la firma y cualquier cláusula que no se hubiese comunicado previamente puede ser consideraba abusiva según la Ley General de Defensa de los consumidores. Pero dado que la firma del préstamo suele producirse ante notario, se sobreentiende que ambas partes conocen perfectamente los términos del acuerdo (en teoría, el notario debe asegurarse de que así sea), por lo que reclamar es muy complicado.
La única opción en este punto es acudir a renegociar con el banco, pero en este punto el cliente siempre tiene las de perder y si no sólo hay que preguntarse por qué habría de renunciar la entidad financiera a una cláusula a la que está sacando partido actualmente y que le beneficia.