En teoría al contratar un préstamo hipotecario el cliente no está obligado a adquirir ningún otro tipo de producto a excepción del seguro de hogar (que puede contratarse con cualquier compañía). Sin embargo, se ha convertido en una práctica común entre la mayoría de bancos y cajas de ahorros el incluir una serie de productos adicionales asociados a esta hipoteca.
El cliente está en su derecho a rechazar el ofrecimiento de la entidad e intentar contratar exclusivamente la hipoteca, pero entonces se dará de bruces con unas condiciones leoninas. Y es que sólo hace falta mirar por encima el mercado para darse cuenta de que la mayoría de ofertas llevan aparejada algún tipo de seguro, cuenta, tarjeta… Muchas entidades se defienden alegando que no se tratan de imposiciones, sino simplemente de elementos que ayudan a mejorar las condiciones generales del crédito. Así, muchos usuarios terminan ‘tragando’ con estas exigencias.
Desde un punto de vista exclusivamente económico la idoneidad de contratar un seguro u otro dependerá de las características concretas del mismo y de la rebaja hipotecaria que lleve asociadas, aunque en términos generales las ofertas del banco no suelen ser rentables. Según las estimaciones de April Iberia, aunque la cuota mensual puede ser menor, el coste final se dispara una vez se le suma el importe del seguro. El ahorro se sitúa entre los 5.000 y los 30.000 euros en función de las condiciones del seguro.
Vicent de Meyer, director general de April Iberia explica que en muchos casos existe miedo a cambiar el seguro de vida ligado a la hipoteca a otra entidad por posibles represalias. Sin embargo, según sus datos, una pareja de 35 años con una hipoteca de 250.000 Euros a un plazo de 25 años puede ahorrarse 12.800 Euros, de los que 7.800 corresponden al hombre y 5.000 a la mujer, si dejan el seguro de vida del banco y se pasan a April Iberia.
Otro de los factores que más suele frenar a las hipotecados a cambiar su seguro de vida es el haber efectuado el pago de una prima única. A grandes rasgos esto supone que el cliente paga de una sola vez el total del coste del seguro. El problema es que este pago suele realizarse al constituirse la hipoteca y la cantidad a pagar, que puede rondar los 12.000 – 15.000 euros se añade al préstamo. Así, el cliente adelanta ese dinero y cuenta con un plan que le indica el dinero que de otra forma tendría que ir aportando mes a mes.
En cualquier caso y excepto que en el contrato hipotecario figure lo contrario, el cliente siempre tiene derecho a cambiar su seguro de vida pasados los dos años y en el supuesto del pago de una prima única exigir que se le reintegre la parte de la prima cobrada por el banco que todavía no se ha devengado.
Una vez el cliente tiene claro que puede cambiar su seguro de vida ligado ala hipoteca sólo es cuestión de buscar la fórmula que mejor se adapte a sus necesidades y llevar a cabo los trámites necesarios. La principal ventaja de compañías como April Iberia es que también se encargan del papeleo, aunque al fin y al cabo sólo es cuestión de dedicar algo de tiempo al asunto. De hecho, puede incluso prescindir del seguro de vida ligado a la hipoteca, una opción poco recomendable, sobre todo cuando las cuantías del préstamo son altas y los medios escasos, pero eso, es otra historia.
yo precisamente quise quitar mi seguro de vida vinculado a mi hipoteca y me amenazaron con que la cuota direfencial no me la subirian acorde a allo sino a lo que ellos quisieran y por lo que mne dijeron y comprobe era bastante,no se si eso pueden hacerlo porque aquel tema ya lo olvide ¿puede alguien responderme? gracias
Mi pregunta es la siguiente:
Tengo una hipoteca bonificada con Cajamadrid, donde me obligaron a contratar un seguro de hogar con Mapfre, para abaratar el interes de la hipoteca. Pero como quiera que que Mapfre me cobraba mas de el doble que MMA que ademas me ofrecia mayores coberturas.
Mi sorpresa fue cuando hace unos dias me comunicaron que por no tener rescindido el contrato con Mapfre, me aumentarian el diferencia de la hipoteca en el 0,20%.
Mi pregunta es la siguiente:
Es legal esto, aun teniendolo firmado en las condiciones del credito hipotecario?.
Espero y quedare agradecido a que alguien me conteste a este comentario. Gracias.
HOLA ALFONSO,
Este tipo de actuaciones son habituales aunque no tienen por qué ser legales. En la revisión de la hipoteca el Banco debe atenerse a lo que figura en el contrato. Si en este no figura una cláusual que vincule el tipo de interés a la contratación del seguro con Mapfre, deberán cambiar la subida que le realizaron.
El timo de los seguros hipotecarios es que por norma general son amortizaciones de credito, es decir el seguro te cubrira solo la parte de la deuda hipotecaria y además tú anualmente iras pagando más puesto que se calculan con la edad actuarial, en difinitava cada vez pagaras más y el seguro te cubrira menos(solo la parte de la hipoteca a liquidar). Cuando lo lógico es que ofertarán seguros convencionales es decir siempre por el valor incial de la hipoteca ya que por ejemplo el seguro de vida tiene muchas virtudes que la gente desconoce y sobre todo el del banco, unos ejemplos.
El seguro de vida se cobra indipendientemente de la masa hereditaria, con lo que puedo inclusive planificar una sucesión, no es envargable,puedo quitar o poner los beneficiarios de la póliza, a parte de exenciones fiscales 9380 euros sea cónyugue, ascendiente,descendiente,adoptante o adoptado. euros por exiten seguros vitalicios es decir la vigencia del seguro será mientras yo siga pagando y con recuperación de las primas. Los seguros tradicionales vencen o tienen validez hasta los 65 o 75 años, con lo cúal se esta pagando seguros a fondo perdido y sin posiblidad de recuparar ni un euro a menos que te mueras o te quedes invalido antes de los 65 años. Saludos