Una de las preguntas que suelen acecharnos cuando se acerca la declaración de la Renta es el saber cuáles han sido las retenciones que nos han practicado durante el ejercicio fiscal. Este dinero en sí mismo constituye un anticipo a Hacienda de lo que en realidad tenemos que pagar, ajustándose posteriormente con la correspondiente declaración. En ocasiones Hacienda debe devolvernos un dinero que le hemos abonado mediante estas retenciones. Hoy veremos en Opcionis todo lo relativo a este asunto y cómo conseguir el certificado que muestra las retenciones practicadas.
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¿Qué es el certificado de retenciones del IRPF?
Si trabajamos por cuenta ajena (este es el caso más habitual) es lógico que en cada nómina se descuente un importe destinado a Hacienda. Esto es una retención. En tales casos lo normal es que la información sobre las retenciones que nos han practicado durante todo un ejercicio fiscal nos lo provea la propia empresa para la cual trabajamos. Dado que es la empresa la encargada de hacer las retenciones y derivarlas a Hacienda.
Sin embargo, si por cualquier motivo no podemos realizar la comprobación por esta vía (bien sea porque somos trabajadores autónomos, bien porque tengamos más de un empleador o bien porque no trabajemos ya en la susodicha empresa) siempre podremos solicitar un certificado de retenciones.
Se trata de un documento que muestra (certifica, como su nombre indica) las retenciones practicadas durante el ejercicio fiscal. De tal modo que para hacer la declaración de Renta podremos solicitar tal información y comunicar estas retenciones mediante el modelo 145. Dicho modelo se encuentra en la página web de la Agencia Tributaria. Dicho modelo es útil para comunicar cualquier cambio en nuestra situación personal y por consiguiente una modificación en las retenciones a practicar.
Así pues si al obtener el certificado observamos que Hacienda nos retiene una cantidad que no debiese, debemos comunicarlo a través de este modelo.
¿Cómo se puede conseguir el certificado de retenciones?
Para conseguir dicho certificado existen tres vías:
- La propia empresa: es lo más común que la empresa que se encarga de realizar las retenciones nos lo entregue. O bien solicitarlo a ella.
- Personarse en la delegación de Hacienda: siempre tenemos la opción de solicitarlo personalmente.
- Solicitarlo vía telemática: en la página web de la Agencia Tributaria, en el apartado “certificados tributarios”.
Otros casos especiales
Si por ejemplo nos encontramos en situación de desempleo y cobramos la correspondiente prestación, será el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) el encargado de enviarnos el correspondiente certificado. O bien solicitarlo a dicho organismo. Puede solicitarse también telemáticamente. En esta situación el SEPE actúa como empleador.
En caso de que obtengamos algún tipo de ingreso por alquiler de un inmueble (que también es objeto de retenciones) no se debe incluir retenciones en el alquiler a cobrar, aunque se debe retener en las facturas y presentar el correspondiente certificado . Si el inquilino solicitase tal certificado, estamos obligados a entregárselo mediante el modelo 180 de Agencia Tributaria.
Este modelo se puede solicitar telemáticamente en la página web antes reseñada, en el apartado “Certificados Tributarios”.
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