Una de las preguntas más repetidas en los últimos días es qué sucede con la hipoteca en caso de quiebra de la entidad bancaria. Muchos ahorradores se cuestionan por la seguridad de sus propiedades hipotecadas por el banco y algunos incluso sueñan con no tener que pagar su deuda. Nada más lejos de la realidad.
Para quienes temen por su casa, recordar que en un préstamo hipotecario la vivienda sólo ejercer como garantía de pago, es decir, el banco sólo podrá ejecutarla en caso de impago o sí así lo solicita el prestatario. Al resto, indicarles que la deuda se mantiene incluso si la entidad con la que se ha contratado se declara insolvente. Es decir, una persona con hipotecada o con un préstamo personal deberá seguir pagando todo los meses, sólo que lo hará a la entidad que administre el banco durante la suspensión de pagos o al propio banco si la eventual liquidación se lleva a cabo con la cartera de créditos o con la totalidad del banco.
De forma práctica, una persona que en el momento de la quiebra del banco haya amortizado el 40% de su hipoteca, pongamos 40.000 euros, seguirá teniendo que pagar los 60.000 restantes incluso si quiebra el banco. Lo mismo ocurre con el resto de préstamos e incluso con los pagos que se adeudan por las tarjetas de crédito.