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Eafi: Recomendaciones en función del perfil del cliente

Recordemos que EAFI significa Empresa de Asesoramiento Financiero, y es la denominación que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha querido dar a las empresas cuya actividad se centra exclusivamente en prestar servicios de asesoramiento financiero a sus clientes, para distinguirlas de aquellas que gestionan o distribuyen productos financieros.

La CNMV ha querido dejar claro quién es un asesor y quién es un vendedor, para que los inversores puedan tener una visión clara de que hace cada uno.Las EAFI presentó recomendaciones en función del perfil del cliente, lo cual debe cumplir el nuevo Real Decreto sobre preferentes.

Las empresas de asesoramiento financiero españolas tendrán que modificar su operativa para adaptarse a las exigencias de la nueva normativa que regula las preferentes y que entró en vigor el pasado 31 de agosto, como es el caso de Profim.

Las entidades tendrán que ofrecer una descripción de cómo se ajusta la recomendación realizada a las características y objetivos del inversor, más allá del test de idoneidad y las recomendaciones por separado.

Las recomendaciones, almacenadas en soporte físico, junto a los KIID firmados por los clientes, se guardan en un registro, el llamado T-8, que se remite a la CNMV de forma anual. Las EAFI también realizan, según establece la Ley del Mercado de Valores, el llamado “test de idoneidad” para determinar los conocimientos y experiencia, la situación financiera y los objetivos de inversión del cliente, pero lo que no hacen todas y que pide el nuevo Real Decreto es argumentar de forma “escrita o en otro soporte duradero” cómo se ajustan sus recomendaciones a ese perfil.

Se ofrece al cliente un registro de operaciones con información sobre el producto y el importe del mismo junto con el KIID, consideran que eso resulta suficiente y que dar más información sería “absurdo y reiterativo”.

Registro por escrito

Lo que las EAFI llevan a rajatabla es el registro por escrito y de forma fehaciente de sus recomendaciones, algo exigido por la Ley del Mercado de Valores y porque, siguiendo esta ley, el protocolo establecido por la CNMV así lo establece.

Tanto las recomendaciones de cartera inicial, así como los ajustes, siempre se hacen por escrito. Los asesores consideran por ello que el recuerdo de esta obligación y de su ampliación por parte de la nueva ley, es una llamada de atención a entidades que “no han cumplido las exigencias legislativas” o han realizado recomendaciones de inversión sin considerarlas como tales.

Muchas entidades de banca tendrían que haberlo hecho pero no ha sido así.

La regulación de las EAFI tiene su origen en una serie de directivas de la Unión Europea dirigidas a establecer una frontera clara entre quién vende y quién asesora, por lo que este proceso no es sólo español; es europeo y es mundial, pues en los países anglosajones hace mucho tiempo que está regulada la diferencia.

En consecuencia, una EAFI es una entidad regulada por la CNMV y a la que la legislación reserva, en exclusiva, la facultad de ofrecer servicios de asesoramiento financiero, al igual que reserva a las agencias y sociedades de valores la posibilidad de intermediar títulos o a las gestoras de IIC (Instituciones de Inversión Colectiva) la posibilidad de gestionar fondos de inversión o de pensiones, por poner un ejemplo.