Los desahucios no sólo ocurren en España sino que en distintos países de Europa.
En Francia se producen anualmente más de 100.000 expulsiones de inquilinos que no pagan sus mensualidades a los propietarios, informa Juan Pedro Quiñonero desde París. Algunos especialistas estiman oficiosamente que en Francia se produce anualmente la venta o expulsión forzosa de unos 10.000 propietarios que no han podido pagar sus hipotecas.
En Inglaterra y Gales, más de 160.000 personas han perdido sus casas por la incapacidad de pagar su hipotecas entre 2008 y, el último año para el que existen datos completos (la regulación escocesa es diferente).
La Autoridad Financiera obliga a los bancos a tratar de forma justa y a ofrecer a sus deudores alternativas de pago razonables para devolver créditos hipotecarios con las que tienen dificultades o retrasos en las mensualidades. Una vez agotado ese diálogo, el banco puede acudir en caso de impagos a un juez a solicitar una reclamación de posesión. Los jueces valoran si se han dado alternativas razonables de pago, y dicta en unas ocho semanas una orden de posesión. Esta quedará en suspenso si acuerdan una fórmula y calendario para saldar la deuda, siempre que el titular de la hipoteca cumpla con los pagos. Si no, se ejecuta el desahucio.
En Italia, si el comprador no puede pagar la hipoteca, existe una ley que permite pedir al banco la suspensión por un plazo no superior a un año.
Bélgica: en caso de impago, las salidas posibles son muchas, no porque el mercado inmobiliario tenga una estructura muy diferente al de España, sino porque el desempleo está en tasas razonables y es mucho más improbable que una familia se quede sin ningún trabajo (teóricamente, el seguro de paro es ilimitado, así que un parado tampoco pierde todos sus ingresos) y porque el mercado inmobiliario se mantiene alejado de grandes turbulencias, con lo que raramente se producen situaciones en las que hay bajadas o subidas bruscas de precio.
En Portugal la nueva legislación portuguesa sobre los créditos hipotecarios creando un régimen extraordinario, vigente hasta finales del, que prevé condiciones más favorables para las familias con dificultades económicas.Está destinado a las familias que no pagan sus hipotecas siempre que cumplan los requisitos, entre ellos que al menos uno de los dos cónyuges esté en el paro o haya sufrido una pérdida de rendimiento anual bruto superior al 35%. Dichas familias pueden pedir un periodo de carencia de sus hipotecas entre uno y dos años, una reducción del «spread» hasta 0.25%, una prórroga del plazo de amortización del préstamos o un préstamo adicional.
En Grecia los deshaucios son tema de cada día en un país que atraviesa su quinto año de recesión después de un periodo de aparente bonanza y créditos bancarios generosos.
En Noruega, en los casos de impago de hipotecas, el propietario es forzado a vender. Sin embargo, las leyes amparan al vendedor forzoso de forma que garantizan que la casa se venda por un precio lo más cercano posible al valor de mercado.
La ejecución hipotecaria en Dinamarca se produce de la siguiente manera: cuando el inquilino o el propietario no puede pagar el alquiler o la hipoteca es desalojado por el llamado Tribunal de Ejecución. Para llevar a cabo el desahucio se sigue un ritual especialmente humillante: las autoridades colocan una silla de la casa que va a ser desalojada en la calle; en ese momento, el inquilino o propietario debe llevarse sus propiedades; si no lo hace, la policía se encargará de llamar a una empresa de mudanzas para que lo haga.