Los planes de pensiones son productos que te permiten desgravar a la hora de hacer la Declaración de la Renta. Sin embargo, los partícipes de los mismos no suelen tener muy claro dónde se integran los reembolsos que perciben de su plan.
Las prestaciones que se vayan realizando a lo largo de la vida del plan, cuando finalice el año fiscal, se integrarán en todos los casos en la Base Imponible del impuesto, en concepto de rendimientos de trabajo, sean cobradas por el titular o por los beneficiarios (herederos) en caso de fallecimiento. En ningún caso están sujetos estos redimientos al Impuesto de Sucesiones.
Tu plan te permitirá desgravar en la Declaración de la Renta siempre y cuando tributen con una reducción sobre la Base Imponible de las prestaciónes, que se dará, de forma general, en el caso de que éstas sean percibidas de manera total o parcial, en el mismo año fiscal, y sea la primera vez que se perciban bajo la contingencia o prestación que sea dada (desempleo, enfermedad grave, incapacidad permanente…).
Como veis vuestro plan de pensiones os permitirá beneficiaros de importantes ventajas fiscales según el importe que se aporte al mismo y lo que se vaya percibiendo.