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Actualizar las rentas en 2009

El nuevo año es sinónimo de actualización en el caso de alquileres y rentas. Con la publicación por parte del Instituto Nacional de Estadística (INE) del dato de inflación de diciembre ya tenemos la serie completa del IPC 2008. En concreto, la inflación cayó al 1,5% el último mes del año pasado y este será uno de los datos que debamos utilizar para actualizar alquileres y rentas, aunque no las pensiones.

IPC de los Alquileres

En primer lugar, convienen aclarar la obligatoriedad de actualizar las rentas de los alquileres según estipula la Ley de Arrendamiento Urbano (LAU) de 1994. En este sentido, durante los cinco primeros años la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador en la fecha en la que cumpla cada año de vigencia aplicando la variación porcentual experimentada por el IPC en un periodo de doce meses. A partir del sexto año la actualización se llevará a cabo según lo dispuesto por ambas partes o en su defecto por lo que marca la ley.

Es decir, que el IPC de los alquileres debe actualizarse cada doce meses a partir de la firma del contrato y no a principios de año. Calcular el incremento del alquiler es muy sencillo. Basta con aplicar la siguiente fórmula

Cuota de alquiler actualizada = cuota de alquiler inicial x (indice general del ipc del mes final / indice general ipc mes inicial)

O lo que es lo mismo

Cuota Alquiler Actualizada = Cuota Alquier Inicial x ( 1 + IPC)

En un ejemplo práctico para una persona con un alquiler de 1.000 euros que desee actualizar una renta con el IPC de diciembre de 2007 a diciembre de 2008 el resultado sería el siguiente:

IPC diciembre 2008: 106,9

IPC diciembre 2007:

Renta actualizada = 1.000 € x (106,9/105,399) = 1.014 euros

El resultado es el mismo que al utilizar la otra fórmula según la cual:

Cuota Actualizada= 1.000 x (1+ 0,014) = 1.014 euros

Para quienes deseen hacer el cálculo de forma automática, pueden pulsar aquí y acceder a la herramienta del INE para realizar estas operaciones. Basta con introducir el periodo a actualizar y la cantidad. Además, este es el mejor método para evitar disputas.

En general, quienes actualizan el alquiler de un año para otro, suelen tomar como referencia el periodo de diciembre a diciembre en lugar de enero a enero.

IPC de los salarios

Como consecuencia del aumento del coste de la vida los salarios pierden poder adquisitivo de un a otro, por lo que suelen revisarse conforme al IPC anual. Sin embargo, hay que tener en cuenta que cada sector cuenta con un convenio específico y que será este el que determine la subida de final a la que se debe proceder (muchas veces es el IPC más un porcentaje).

Muchas empresas todavía utilizan el IPC previsto (del 2% en este caso) para actualizar sus salarios en lugar del IPC real, que generalmente suele ser más alto, aunque en 2008 este no ha sido el caso.

IPC de las pensiones

A diferencia de los salarios, el IPC de la pensiones se actualiza con el dato de noviembre, cuando se registró una inflación del 2,4%. Esta cifra supone una desviación de 0,4 puntos porcentuales respecto al IPC previsto para todo el 2008 (2%) y fijado a principios del año pasado según la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Por eso, el Gobierno deberá actualizar estas rentas, lo que le supondrá un desembolso extra de 312 millones de euros.

La inflación prevista para 2009 es del 2% según los presupuestos.