Hoy en Opcionis trataremos el modelo 840. Veremos qué es, quién tiene que presentarlo y en qué situaciones y para finalizar hablaremos de cómo se rellena, cuándo hay que presentarlo y su presentación electrónica.
Este modelo es utilizado para realizar algún cambio en el alta o baja que previamente hemos realizado (en el Impuesto de Actividades Económicas). También sirve para comunicar nuestra cifra de negocios, a efectos de tener que pagar dicho impuesto.
El alta en el Impuesto de Actividades Económicas (no nos referimos al alta censal) es un requisito obligatorio; además, es el primer trámite que se debe realizar cuando una persona tiene intención de realizar alguna actividad comercial o profesional por cuenta propia (sea a través de una persona física o jurídica). Sin embargo, este impuesto, no es susceptible de pagarse. Esto se debe a que todos aquellos autónomos, profesionales y demás personas físicas que se encuentren dadas de alta en Hacienda están exentas del pago del IAE; mientras que las sociedades, tan sólo deberán pagarlo si su cifra de negocios supera el millón de euros. Sin embargo, el estar exento de pago no quiere decir que no debamos estar dados de alta en este impuesto.
Dicho alta se realiza presentando el modelo 840. Pero además, tiene otra finalidad (diferente al alta de actividad o alta censal que se realiza a través del modelo 036 y 037); y no es otra que comunicar las variaciones en nuestra alta o baja de nuestra actividad en dicho impuesto.
Si tenemos una sociedad y superamos el millón de euros de facturación en el transcurso de un ejercicio económico, deberemos presentar la correspondiente declaración del IAE. Esto se realiza mediante el modelo 840 (concretamente el modelo 848) y esta es una de sus funciones.
Sin embargo, el modelo 840 tienen que presentarlo todas aquellas personas, cuando tengan que declarar una serie de situaciones fiscales, a saber:
- Alta de la actividad en el IAE
- Baja de la acitivdad en el IAE
- Variaciones de la actividad en el IAE
- Alta de un local indirectamente afecto a la actividad en el IAE
- Baja de un local indirectamente afecto a la actividad en el IAE
- Variaciones de un local indirectamente afecto a la actividad en el IAE
- Rectificación de datos en declaraciones presentadas del IAE
Como se puede comprobar, son varios los casos en los que se debe presentar y todos ellos afectan al IAE
Cómo se rellena el modelo 840
Debido a que este modelo tiene varios propósitos, deberemos rellenarlo bien y diferenciar qué es lo que pretendemos:
- En el caso de que se utilice para declarar el Impuesto de Actividades Económicas, deberemos diferenciar si la cuota es municipal, provincial o nacional.
- En el Apartado I indicaremos todos los datos del declarante (nosotros, el sujeto pasivo).
- En el Apartado II se marcará en la casilla 14 el año en el que se realiza el alta de la actividad en el IAE y en la casilla 15 debemos escoger qué propósito tiene la presentación de este modelo.
- El Aparatado III tan sólo hay que rellenarlo en el caso de que el modelo sea presentado por un representante.
- El Apartado IV (desde la casilla 33 hasta la 37) está destinado a rellenar todos los datos de actividad (clase de cuota que se está liquidando, tipo de actividad desarrollada, descripción de la misma, domicilio, etc.).
- El Apartado V es el correspondiente a los locales indirectamente afectos a la actividad.
- El Apartado VI se incluyen los elementos tributarios (cantidades, importes, cuota, etc.).
- El Apartado VII está reservado a la Cuota de tarifa, que es el resultado de aplicar todas las bonificaciones a la cuota marcada en el apartado anterior.
Cuándo se presenta el modelo 840
El modelo 840 únicamente se presenta si se debe realizar una declaración por el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Los supuestos de presentación son los siguientes:
- Cuando se trate de una empresa de nueva creación. En este caso la correspondiente declaración de alta debido al inicio de actividad se presentará con un mes de antelación al comienzo de la propia actividad.
- En caso de dejar de disfrutar de la exención se presentará durante el mes de diciembre anterior al ejercicio fiscal en el cual deban presentar declaración por el IAE (cuando dejen de cumplir las condiciones que permitían la exención).
- Cuando suponga una declaración de variación se presentará un mes a contar desde el hecho o circunstancia que produje tal variación.
- En el supuesto de que sea una declaración de baja por cese, el período de presentación será un mes a contar desde el propio cese.
- Si se tratase de una declaración de baja por disfrutar de la exención se presentará en el mes de diciembre del ejercicio anterior en que se deje de estar obligado a presentar declaración por el IAE.
Cómo se presenta el modelo 840
Con carácter general, los modelos 840 y 848 se presentarán mediante un formulario impreso en las oficinas de la Agencia Tributaria. Sin embargo, también puede presentarse de forma telemática, tal y como veremos posteriormente.
No obstante, si a la presentación del modelo 840 se debe adjuntar algún documento adicional, no es posible su presentación electrónica.
Presentación electrónica del modelo 840
Las presentaciones telemáticas relacionadas con la Agencia Tributaria se realizan desde la Sede Electrónica de dicho organismo. A ella se accede desde su página web (pudiendo entrar en el apartado “presentación de declaraciones”).
El contribuyente, para la efectiva presentación, deberá disponer de un Número de Identificación Fiscal (NIF) y realizar la declaración a través de la firma electrónica avanzada. Para ello, necesitará un certificado electrónico; o bien, la Cl@ve PIN.
Todos los trámites se realizan desde la propia Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, por lo que tan sólo se deberá seleccionar la opción de presentar el modelo 840 y seguir los pasos. Como se ha comentado anteriormente, este tipo de presentación no admite que pueda adjuntarse algún documento adicional; en tal caso, deberá realizarse una presentación física del modelo 840 en las oficinas de la Agencia Tributaria.
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