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Reforma Constitucional relámpago

Desde luego vivimos tiempos convulsos desde el punto de vista político y económico. Sucesos y decisiones que hace unos años eran impensables, ahora se ejecutan con una rapidez sorprendente.

La Carta Magna, antaño un texto sacrosanto, se pretende modificar en apenas unos meses. El único precedente que tenemos de cambios en el texto se dio a raíz del Tratado de Maastricht, para permitir a los ciudadanos comunitarios presentarse a los comicios municipales.

Y llega el presidente Zapatero y anuncia que se va a introducir como deber constitucional que las diferentes administraciones públicas acaten la disciplina fiscal en sus cuentas. Se trata de plasmar algo que económicamente es lógico:

El Estado y las diferentes administraciones no deben endeudarse por encima de sus ingresos, salvo en situaciones extraordinarias y de forma temporal.

Este principio es económicamente bueno, al igual que lo es que en épocas de bonanza el Estado tenga superávit (ahorre) para hacer frente a años de reducción de los ingresos y aumento de los gastos. Sin embargo la clave está en los detalles, en la letra pequeña. Qué déficit máximo se permite, en qué situaciones, si hay partidas de gasto intocables o no, el déficit se calcula año a año o en periodos plurianuales y un largo etcétera de cuestiones que determinan la bondad o la inconveniencia de la norma.

Los detalles, para después

Parece ser que se deja para una Ley Orgánica las cifras concretas de déficit, previsiblemente pactado entre el PP y el PSOE en un 0,4% del PIB, a partir de. Esta cifra de diferencia entre ingresos y gastos del año en curso no se repartiría igual para todas las administraciones:

  1. La Administración Central del Estado no superará el 0,26% de déficit.
  2. Las Comunidades Autónomas, en cuya mano está gran parte de las decisiones de gasto públicas, se limitará a un 0,14% del PIB.
  3. Las corporaciones locales, ayuntamientos y demás, deberán tener las cuentas equilibradas (no podrán gastar más de lo que ingresen).

Desde luego es una limitación fuerte, que ayudará a evitar los reinos de taifas de gasto en las diferentes entidades públicas. Cabe ver como se instrumentan las causas de incumplimiento, tipo recesión o desastres naturales.

¿A qué se debe esta modificación constitucional?

Los políticos y sus medios de comunicación afines pueden decir lo que quieran, pero parece más que evidente, dada la premura de la modificación constitucional y el acuerdo express entre las principales fuerzas políticas, que es una medida impuesta desde fuera.

Concretamente, teledirigida por Alemania y Francia. España, al igual que Italia, tiene problemas para endeudarse en los mercados internacionales (subastar deuda pública). La prima de riesgo, termómetro del riesgo percibido por los inversores, ha bajado de sus máximos en 400, pero la razón principal ha sido que el Banco Central Europeo compra deuda patria. En términos menos técnicos, con el dinero de todos los contribuyentes europeos se pagan los gastos públicos de los españoles e italianos (y de los países que sí han sido intervenidos).

No hay independencia política de los acreedores. Nuestros banqueros mandan; si queremos mandar nosotros, más que manifestaciones sindicales, tendremos que gastar menos que lo que ingresamos, para no depender de los prestamistas. Y ello conlleva, en una especie de bucle decisorio, reducir el déficit.

Tenemos que cumplir sí o sí con las exigencias de los mercados internacionales y Estados europeos más ricos. A las buenas, como se pretende reformando la Constitución, o a las malas, siendo expulsados de la zona Euro y perdiendo todo crédito exterior.

Malos momentos para querer aparentar ser el Presidente del Gobierno o el Jefe de la Oposición, la verdad.