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Nuevo Plan de Previsión en VidaCaixa

La compañía VidaCaixa ha lanzazdo un Nuevo Plan de previsión, el mismo cuenta con una rentabilidad del 4% a 10 años.

El producto es identificado con el nombre de PlanCaixa Crecimiento Garantizado, un Plan de Previsión Asegurado (PPA) que permite obtener una alta rentabilidad, garantizando un interés del 4% a 10 años en todas aquellas aportaciones periódicas que se realicen hasta finales, que pueden ser mensuales, trimestrales, semestrales o anuales.

Además, a las aportaciones que se van realizando cada anualidad se le garantizará un tipo de interés hasta la fecha de vencimiento, es decir, el 31 de diciembre de.

Para los expertos en dinero, el plan contribuye a fomentar el ahorro sistemático para la jubilación mediante aportaciones mensuales (hasta el máximo legal permitido), de acuerdo a las capacidades de ahorro del cliente, en vez de la opción tradicional de un único desembolso anual. Estas aportaciones periódicas también se pueden complementar a final de año con una aportación única, si el cliente lo desea.

Interés: se garantiza un tipo de interés para cada aportación:
– Todas las aportaciones periódicas que se realizan hasta el 31-12-2013, obtendrán un interés técnico garantizado del 4% hasta el 31-12-2022.
– Aportaciones realizadas en el resto de anualidades: durante el mes de diciembre anterior se informará al cliente, a través de un comunicado, del nuevo tipo de interés técnico a aplicar para las aportaciones de la siguiente anualidad (del 1-1-2014 al 31-12-2014) y así sucesivamente hasta el vencimiento. Una vez llegado el vencimiento de la garantía, la renovación se efectuará por periodos anuales.
– Periodo de comercialización: del 17 de septiembre hasta el 31 de enero o hasta finalizar emisión.

Traspasos

– Traspasos: no se permiten traspasos externos ni internos de entrada, sólo son posibles los traspasos de salida a otros planes de pensiones o PPA. El importe del traspaso será igual al valor de mercado de las inversiones vinculadas en el momento de hacerse efectivo el mismo.
Prestaciones
– Jubilación: el importe de la prestación será el valor de la provisión matemática -valor acumulado- a la fecha de cobro convenida, en caso que no se cumpla dicha fecha el importe de la prestación será igual al del valor de mercado en el plan en el momento de liquidar la prestación de jubilación.
– Invalidez: el importe de la prestación será igual al del valor acumulado en el plan en el momento de liquidar la prestación de invalidez.
– Dependencia severa y gran dependencia: se percibe el valor acumulado en el momento de liquidar la prestación.
– Capital de fallecimiento: es el valor acumulado a la fecha de liquidación de la contingencia de fallecimiento, más el 5% del valor acumulado a 31 de diciembre del año anterior con un máximo de 600 euros. Este capital se renovará por periodos anuales descontando la prima de riesgo del valor acumulado.
– Supuestos excepcionales de liquidez: el importe a liquidar será igual al del valor de mercado en el plan en el momento de la liquidación.
Fiscalidad
– Aportaciones: la aportación anual máxima que puede realizarse depende de la edad: hasta los 50 años, se fija en 10.000 euros; a partir de los 50 años, es de 12.500 euros.
El límite máximo de reducción será la menor de las siguientes cantidades, teniendo en cuenta que la base liquidable general no podrá ser negativa:
– El importe de las aportaciones realizadas.
– El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas, percibidos individualmente en el ejercicio. A partir de los 50 años, este porcentaje será del 50%.
– Prestaciones: cualquier modalidad de cobro de prestación, y con independencia de quien cobre dicha prestación, tiene que tributar el importe percibido por rendimientos de trabajo.