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Las claves del Impuesto sobre los Depósitos Bancarios

Este pasado lunes, día 4 de julio, entró en vigor el Real Decreto por el que el Gobierno intentará dar por finalizada la guerra del pasivo a través de un mayor control sobre la rentabilidad ofrecida por las entidades financieras en sus depósitos bancarios, la cuál estaba poniendo en peligro la sostenibilidad del sistema.

¿Cuáles son las claves de este impuesto sobre los depósitos bancarios?

Intenta penalizar a las entidades que ofrezcan un tipo de interés por encima de lo que marcaría el sentido común y lo hace obligándolas a guardar una mayor cantidad del mismo en el Fondo de Garantía de Depósitos. Hasta ahora, de cada depósito bancario las entidades financieras tenían la obligación de depositar el 0,06% en el FGD, y la penalización funcionará con la obligación de depositar el 0,3% en los siguientes casos:

1. Para Depósitos a más de un año: Todos los depósitos que ofrezcan una rentabilidad de más de 100 puntos básicos por encima del Euríbor a doce meses.

2. Para Depósitos entre tres meses y un año: Todos los depósitos que ofrezcan una rentabilidad de más de 100 puntos básicos por encima del Euríbor entre tres meses y un año.

3. Para Depósitos a tres meses: Todos los depósitos que ofrezcan una rentabilidad de más de 150 puntos básicos por encima del Euríbor a tres meses.