En el artículo que os presentamos hoy en el blog de Opcionis vamos a tratar los aspectos relativos a la indemnización por despido. ¿Cuánto me corresponde por un despido? ¿Cómo puedo calcularlo? Si sigues leyendo lo podrás saber.
Qué es una indemnización por despido
Una indemnización por despido, como su propio nombre indica, es el pago de una cantidad de dinero para compensar un daño un perjuicio. En este caso, el perjuicio viene dado por la decisión unilateral, por parte del empresario, de dar por finalizada un de una relación laboral (lo que viene siendo un despido).
Pero ¿por qué el trabajador debe ser indemnizado cuando es despedido? Se trata de un asunto de derecho laboral. Estas cuestiones vienen reguladas en el la Ley del Estatuto de los Trabajadores (para los despidos en España, en otros países desarrollados también tienen reconocido este derecho). Por lo tanto, es una cuestión de legalidad y no de buena fe del empresario.
Estas medidas se toman con un doble sentido. Por una parte disuadir a los empresarios a que realicen despidos sin que la situación verdaderamente lo aconseje (porque deben realizar un desembolso). Por otra parte, resarcir al trabajador que se puede ver en situaciones difíciles económicamente hablando. De modo que no se den situaciones de pobreza, o por lo menos se intenten eludir.
Cuándo tengo derecho a una indemnización por despido
Bueno, en principio deberíamos decir que se tiene que producir un despido para que se tenga derecho a esta indemnización. Pero esto es tan evidente que pasaremos a hablar de otra cosa. Sin embargo, sí que debemos advertir que se tiene derecho a la indemnización por despido siempre y cuando sea una decisión unilateral del empresario, sea por el motivo que fuese (sólo hay una situación en la cual un despido no está sujeto a indemnización; lo veremos en el apartado siguiente). No es un despido, por ejemplo, la baja voluntaria del trabajador o la finalización del contrato de trabajo.
También debemos avisar que la indemnización por despido es un concepto diferente al finiquito laboral, el cual sí que se tiene derecho en todas las situaciones en las que se de por concluida la relación laboral (sea un despido o no).
Existen varios tipos de despido. Es decir, existen diferentes situaciones que motiven al empresario a tomar esta decisión. Se establecen los tipos de despido en función de una clasificación general de estas causas. Pudiendo hablar de:
- Despido disciplinario: Cuando la causa del despido es derivada de un incumplimiento grave por parte del trabajador.
- Despido objetivo: Cuando la causa no es por una acción del trabajador, sino por razones técnicas, organizativas o económicas en el seno de la empresa.
En otras palabras, un despido puede estar motivado por causas inherentes al trabajador y su conducta o a problemas de la propia empresa. En cualquiera de los dos casos se tendrá derecho a una indemnización.
Cómo calcular cuánto me corresponde en una indemnización por despido
En este punto es importante volver a mencionar lo que hablábamos en el apartado anterior acerca de los tipos de despido. Y es que, según el tipo de despido que se trate, la indemnización puede variar. También entra en juego si el despido se califica como procedente o improcedente. Por procedente e improcedente entendemos que no es más que si el despido se ajusta o no se ajusta a la Ley. Dependiendo de todo esto, podemos tener cuatro tipos de indemnizaciones:
- Despido disciplinario procedente: No comporta indemnización alguna. Es el único caso y se considera de este modo porque supone que el trabajador incumple sus obligaciones (además de forma grave) y el empresario está en su derecho de despedirlo. Dicho esto, también debemos advertir que es difícil demostrar que el despido es procedente.
- Despido disciplinario improcedente: Tiene dos tramos. Desde el inicio del contrato hasta el 11 de febrero se calculará una indemnización de 45 días por año trabajado y a partir de esta fecha, de 33 días por año trabajado. Si el trabajador, en el primer tramo, supera 24 mensualidades de salario, esta será su indemnización máxima. En cualquier otro caso, se establece un tope de 42 mensualidades.
- Despido objetivo procedente: La indemnización será de 20 días por año trabajado. Con un máximo de 12 meses de salario.
- Despido objetivo improcedente: Si el despido objetivo es declarado improcedente (esto se realiza a través de sentencia del Juzgado Social), la indemnización se establecerá de la misma forma que para los casos en que sea disciplinario.La empresa puede escoger el readmitir al trabajador para evitar pagarle la indemnización por despido.
Cuándo te pagan la indemnización por despido
Como norma general, la empresa abonará la indemnización por despido en el momento del despido propiamente dicho. Es decir, el hecho da origen al derecho de la indemnización. No obstante, si existen causas objetivas que así lo justifiquen y el pago de la indemnización puede poner en riesgo la liquidez de la empresa, puede, de modo excepcional que el despido se demore.
En este caso, la empresa debe hacer constar en la propia carta de despido las dificultades de tipo económico que está atravesando. Es necesario alegar una dificultad económica que implique la no disponibilidad de efectivo para que la indemnización sea cubierta, además, debe ser demostrada en un juicio en caso de que el trabajador proceda a la impugnación del despido.
Consejos para cobrar la indemnización por despido
Es posible que el trabajador no esté de acuerdo con el despido, en tal caso debe impugnarlo. El plazo para realizar esta impugnación es de 20 días hábiles (es decir, no cuentan ni fines de semana ni festivos). Posteriormente, un juez considerará si el despido está correctamente realizado y si la indemnización es correcta. En este caso, el trabajador tendrá derecho a la cuantía de la indemnización que le corresponde sin haber demandado. Lo que nunca se debe hacer si el trabajador quiere estar cubierto en todo momento es lo siguiente:
- Firmar la carta de despido si no estás de acuerdo con el tipo de despido y/o el motivo. En caso de no estar de acuerdo puede figurar junto a la rúbrica un “no conforme”.
- No comprobar que la indemnización se adapta al tipo de despido y a la antigüedad del trabajador en la empresa.
- No darse de alta en el SEPE en los 15 días siguientes (para poder cobrar la prestación por desempleo).