La deuda ha sido siempre el principal enemigo de la gestión de las finanzas personales. Sin embargo, no tiene por qué ser así. De hecho, hay ocasiones como la compra de una vivienda o de un coche en las que endeudarse es casi una obligación. Todo depende de cómo se gestione y sobre todo se cree esa deuda.
En primer lugar hay que recordar que existen diferentes tipos de deuda según su procedencia y el uso que se le vaya a dar. Por eso hay buenas y malas formas de conseguir dinero. Hay dos medidas que se utilizan para calificar un crédito: el tipo de interés y su duración. El primero es el más importante, porque determina el dinero total que habrá que devolver al banco. Como es lógico, cuanto más alto sea el tipo de interés peor será el crédito. En cuanto a la duración del crédito, se utiliza como complemento en la gestión de la deuda.
La forma de endeudarse teóricamente menos perjudicial sin contar con los préstamos de familiares, amigos y conocidos sería la siguiente:
- – Préstamo hipotecario: son los que ofrecen los tipos de interés más bajos y por lo tanto es la deuda menos dañina para la economía personal. Precisamente por eso son los que suelen utilizarse a la hora de unificar deuda.
- – Préstamos personales: su tipo de interés varía en función del objetivo del préstamo. Es decir, existen créditos especiales para la compra de coches, financiar los estudios o reformar un piso. En líneas generales su interés varía entre el 7% y el 11%, dependiendo de la entidad y las garantías que se aporten.
- – Unificar deuda y alargar la hipoteca: antes que empezar a abusar de la tarjeta de crédito es mejor observar otras opciones como la unificación de deuda bajo el paraguas del préstamo hipotecario. Del mismo modo, si es necesario disponer de más dinero para los gastos mensuales también será más positivo alargar el plazo de la hipoteca, lo que servirá para rebajar la cuota mensual a cambio de pagar más intereses a largo plazo.
- – Tarjetas de crédito: hay que tener especial cuidado con el manejo de las tarjetas de crédito. Se trata de una herramienta de financiación útil siempre que no se aplacen pagos ni se conviertan en una forma de crear deuda y acceder a un dinero del que no se dispone. En esos casos los intereses a pagar pueden dispararse hasta un 12% en el mejor de los casos y un 20% en el peor de ellos.
- – Préstamos rápidos: son sin duda una de las peores opciones de financiación con intereses que rozan el 25%. Su única ventaja es la rapidez con la que se puede acceder a grandes sumas de dinero.
- – Prestamistas: sólo debe observarse como un recurso para casos de necesidad extrema.
A la hora de financiarse hay que tratar de seguir el orden del listado con la única excepción del uso de la tarjeta de crédito para los pequeños gastos, ya que tampoco es rentable alargar o unificar la hipoteca para cantidades pequeñas. Al margen de este ‘ranking’ siempre hay que tener en cuenta el objetivo por el que se está pidiendo un crédito: inversión u ocio. El primero agrupa los préstamos para la compra de vivienda, coche, creación de un negocio y otros gastos que sirvan para generar valor a largo plazo o para cubrir una seguridad. El segundo se refiere al resto de desembolsos que no aportan nada desde el punto de vista financiero y que hay que evitar. Una de las reglas básicas para la gestión de las finanzas personales y de la deuda es que no deben financiarse los gastos relacionados con el ocio, ya que en teoría son prescindibles.
Endeudarse de forma racional y planificada permitirá contar con más recursos en cada momento y sobre todo evitar situaciones en las que los gastos superen a los ingresos. Además, también es el mejor método para que después se pueda ir eliminando la deuda progresivamente.
En términos generales hay que tratar siempre de terminar con el préstamo que tiene los intereses más altos, aunque para establecer una pauta hay que tener en cuenta otros elementos. Y es que al decidir qué préstamo pagar primero es necesario fijarse por un lago en los intereses que hay que pagar y en su duración-cuantía que resta por devolver. Así, puede ser mejor ‘atacar’ un crédito con menos intereses pero que no queda mucho por pagar para liberar esa carga.
1.- Que según sentencias dictadas por las Secciones 14 y 10 de la Audiencia Provincial de Madrid, y por la Audiencia Provincial de Salamanca, estas comisiones están consideradas como abusivasy son consideradas ilegales en base a:
El punto de partida es lo que nos señala al respecto de las comisiones bancarias la Orden Ministerial, de 12 de diciembre
de 1989, del Ministerio de Economía, en su Número Quinto: “Las comisiones o gastos repercutidos deberán responder a servicios efectivamente prestados o a gastos habidos”.
Tampoco puede resultar justificable la pretensión de que la comunicación del impago es, en sí misma, un servicio , pues simplemente se trata de la culminación del servicio de presentación al cobro del efecto, que exige de la entidad dar cuenta del resultado del mismo. En el mismo sentido se pronuncia la Sentencia de la Sección 14 de la Audiencia Provincial de Madrid.
En el mismo sentido se pronuncia la Sentencia de la Sección 10ª de la Audiencia Provincial de Madrid, de 27 de enero de 2009: “En este caso la situación deudora o en descubierto de la cuenta corriente queda más que suficientemente resarcida con el elevadísimo interés aplicado a la deuda, sin que se haya probado que la comisión examinada responda a la prestación de un servicio, por lo que la aplicación de la comisión por descubierto, es abusiva por haber sido sin causa justificada. Y en consecuencia debe confirmarse el criterio del Juzgador de Instancia que la declara ineficaz, sancionando por ello su devolución al cliente por la entidad bancaria”.