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Cuántos años cotizados necesitas para la pensión de jubilación

Si no tienes la suerte de nacer ya jubilado como algunos y tu trabajo no es tan emocionante como esperabas… O, aun siéndolo, prácticamente desde el primer día, andas contando los años, meses, minutos y segundos que debes tener cotizados para poder pedir la jubilación y que te den la correspondiente pensión… Definitivamente, estás en el sitio indicado.

Imagen de Bowie 15 de Getty Images y Harold “El Meme”

La prestación de la Seguridad Social por jubilación trata de sustituir los ingresos de tu trabajo por una merecida pensión vitalicia. Es así porque, debido a tu edad, dejarás de trabajar y cobrar, bien total o parcialmente.

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De modo que tendrás derecho a una pensión de jubilación por tus años cotizados. Ello, tanto seas trabajador por cuenta ajena (Régimen General) como por cuenta propia (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Asimismo, cuando estés incluido en otros Regímenes Especiales de la Seguridad Social, como el de Trabajadores del Mar o el de la Minería del Carbón.

Incluso, si has estado cotizando en varios regímenes, puedes obtener varias pensiones por jubilación.

De esta forma, en su modalidad contributiva, la pensión de jubilación te devuelve esas dolorosas cuotas que has ido pagando a la Seguridad Social durante los años cotizados en tu maravillosa (o no) vida laboral. Te devolverá más o menos según lo que vivas. Así que ya tienes un motivo más para alargar tu preciosa existencia.

También puedes obtener una pensión de jubilación sin tener cotizados el mínimo de años a la Seguridad Social. Asimismo, cobrar la pensión y trabajar al mismo tiempo. Pero eso lo veremos en próximos episodios. Concretamente, en este enlace.

¿Para qué quieres la pensión de jubilación?

Por tu trabajo, que tiempo y esfuerzo te habrá costado, además de un salario u otro tipo de remuneración, te habrás ganado una pensión. Esta será una pensión vitalicia, es decir, para el resto de tu vida como “Out of the business” o solo “Retirado”, para los amigos.

Y, con ella, cuando llegue el momento de retirarte, podrás centrarte en lo importante. Aprovecha para mejorar tu feroz crítica contra las nuevas generaciones o para conquistar el mundo del mus, el dominó y la petanca. También para poder disfrutar del lento avance en las obras de tu localidad. Incluso de otros municipios, si eres un verdadero profesional del “jubileteo” y consigues entrar en los fantásticos viajes y guateques del IMSERSO.

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Asimismo, puedes invertir tu pensión en actividades más productivas y, si cabe, más enriquecedoras que tu trabajo. Por ejemplo, en paseos a todo o medio trapo, bailes de salón, clases de salsa, visitas culturales, cursos de inglés o informática, fabricación casera de muebles, maquetas y otros artefactos. Pero sin pasarse que, a esas alturas del partido, tus bisagras ya irán teniendo una edad y las leyes, tanto del Estado como de la lógica, seguirán estando en tu vida.

Sea como sea…

¿Tras cuántos años cotizados puedes pedir la pensión de jubilación?

Pues depende de tu edad actual y de los años cotizados a lo largo de tu vida laboral. Así, dice la ley y sus ministerios que se irán incrementado gradualmente las edades de jubilación y los períodos de cotización hasta el 2027.

Si pretendes jubilarte a partir del 2027, podrás pedir la pensión de jubilación a los 65 años, siempre que tengas, al menos, 38 años y 6 meses cotizados. O, si has cotizado menos de ese tiempo, podrás pedirla a los 67 años. En este caso, siempre que tengas 15 años cotizados, de los cuales 2, al menos, lo hayan sido en los 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud.

Para obtener la pensión de jubilación antes del 2027… ¿Cuántos años debes tener cotizados?

Para pedir la pensión de jubilación en, debes tener cumplidos 65 años de edad y cotizados 37 años y 9 meses o más. Si tienes menos tiempo cotizado, siempre dentro del mínimo de 15 años, de los cuales 2, al menos, se hayan cotizado en los 15 años anteriores a la solicitud, deberás tener una edad superior a 66 años y 4 meses.

Si quieres acceder a la jubilación en 2024, para pedir la pensión, debes tener cumplidos 65 años y cotizados 38. En el caso de que tengas menos tiempo cotizado, siempre con un mínimo de 15 años y, al menos, 2 en los 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud, deberás tener una edad superior a 66 años y 6 meses.

Para pedir la pensión de jubilación en 2025, debes tener cumplidos 65 años de edad y cotizados 38 años y 3 meses o más. Si tienes menos tiempo cotizado, siempre dentro del mínimo de 15 años, de los cuales, al menos, 2 se hayan cotizado en los 15 años anteriores a la solicitud, deberás tener una edad superior a 66 años y 8 meses.

Y, si quieres acceder a la jubilación en 2026, para pedir la pensión, debes tener cumplidos 65 años y cotizados 38 años y 3 meses. En caso de que tengas menos tiempo cotizado, siempre con un mínimo de 15 años y, al menos, 2 en los 15 años anteriores a la solicitud, deberás tener una edad superior a 66 años y 10 meses.

Imagen de Elnur

Jo… ¡Yo quiero jubilarme antes!

Pues claro… ¡Tú y todos! Lo realmente bueno es que es posible.

La ley permite al Gobierno rebajar la edad mínima y los años cotizados que, en general, se exigen para poder solicitar la pensión de jubilación.

Y, en algunos supuestos especiales, incluso sin penalización. Por ejemplo, cuando se trata de trabajadores que tengan alguna discapacidad (reconocida, ya no por él o sus queridos y tan simpáticos allegados, sino por la Administración competente) o se trate de determinadas profesiones con elevados índices de morbilidad o mortalidad.

Además, la edad de jubilación también puede anticiparse aplicando una reducción de la pensión en función de los años cotizados y otras circunstancias.

¿Puedes tener más de una pensión de jubilación?

Si tienes años cotizados en el Régimen General y en alguno de los Regímenes Especiales, como el previsto para los trabajadores autónomos, puedes tener derecho a 2 pensiones de jubilación, una pensión por el primero y otra por el segundo.

Todo ello, siempre que cumplas los requisitos exigidos por separado para cada uno de dichos regímenes.

Y, cuando no estés en situación de alta o asimilada en alguno de dichos regímenes en el momento de solicitar la jubilación, será necesario que las cotizaciones acreditadas en cada uno de los regímenes se superpongan, al menos, durante 15 años.

Por último ¡Ya sabes! Si quieres ver más cerca y sencillo el camino hacia tu jubilación o, al menos, divertirte leyendo y aprendiendo o, simplemente, ahorrar en dinero y otros disgustos o llevarte alguna alegría de vez en cuándo, tienes Opcionis.