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Cuándo se paga el IBI en Madrid –

El IBI es el impuesto que se paga por inmuebles en todo el territorio español y como no, en la Comunidad de Madrid. Si deseas conocer cuándo se paga el IBI en Madrid este año os damos ahora todos los detalles.

¿Por qué tenemos que pagar el IBI?

Si tienes una casa o un piso propio sabrás que el IBI es un impuesto directo que se paga anualmente y que grava el valor de los bienes inmuebles, que pueden ser urbanos, rústicos o de características especiales, lo que puede incluir desde una casa y un trastero hasta un terreno o un aeropuerto y un embalse.

De este modo es un impuesto que toda persona física con un inmueble está obligado a pagar. De hecho, el pago del IBI es imprescindible para los propietarios, usufructuarios o quienes disfrutan de una concesión administrativa del inmueble. Su cuantía, o lo que se paga, la establecen los ayuntamientos en función del valor catastral, que es fijado por la Dirección General del Catastro del Ministerio de Hacienda y que no puede superar el valor de mercado. El IBI está regulado por la Ley de Haciendas Locales.

Por lo tanto y resumiendo los puntos principales de lo que representa el IBI y el por qué tenemos que pagarlo, diremos:

  1. Es  un impuesto local. Los ayuntamientos están obligados a aplicarlo en virtud de la Ley.
  2. El hecho imponible es la simple tenencia de un bien inmueble (concesión administrativa sobre el bien, derecho de propiedad, de usufructo o de superficie).
  3. El sujeto pasivo es todo aquél (sea persona física o jurídica) que ostenten la titularidad o algunos de los derechos atribuidos como hecho imponible.

El IBI supone más de la mitad de los ingresos por impuestos en los municipios de nueve autonomías y, según los datos avanzados de 2009, supone el 57,3% de los ingresos por impuestos directos e indirectos en todos los ayuntamientos del país siendo Madrid la segunda comunidad que más recauda, por detrás de Cataluña.

Bueno, ahora surgirá una pregunta. No de tipo básico, más bien encaminada a su enfoque técnico-jurídico: ¿Qué se considera un bien inmueble?

¿Qué se consideran bienes inmuebles a efectos del IBI?

La consideración de bienes inmuebles, desde un punto de vista jurídico y fiscal, es todo tipo de suelo o parcela que sea de una misma naturaleza y esté enclavada al término municipal correspondiente. Debe estar delimitada por una línea, constituyendo un polígono y, a su vez, debe constituir un derecho de propiedad sobre algún propietarios (o varios en situación de pro-indiviso). También los diferentes elementos privativos, edificios, etc. Naturalmente, deben estar vinculados al suelo (por ejemplo, una casa portátil tipo tienda de campaña no estaría considerado un inmueble).

El pago del IBI bajó en Madrid

Tras lo dicho, os tenemos que informar que el IBI o impuesto municipal que pagan los habitantes en la Comunidad de Madrid se congeló en este. Siendo un año electoral no nos extraña que desde la Comunidad de Madrid se anunciaran bajadas en algunos de los impuestos de los madrileños. Así, a la bajada en el impuesto de la circulación, y a la desaparición de la tasa de basuras (que deja de existir después de cuatro años de existencia) se suma el que el próximo año además se bajará lo que se paga por tener un inmueble.

Durante el año, el concejal de Hacienda del equipo de Carmena, Carlos Sánchez Mato, bajó el IBI a 22 barrios de la ciudad (aquellos en los que el precio de mercado ha decrecido más de un 20%). Esto supone una bajada de entre un 20% y un 40% a 370.981 propietarios.

A esto hay que sumarle además que la plusvalía volverá a reducirse, no sólo para las transmisiones «mortis causa», sino también para las operaciones de venta de segunda mano. Es, dijo la alcaldesa, una manera de paliar la pérdida de valor real de la vivienda que no se ve trasladado al valor catastral, explicó la alcaldesa.

El conjunto de las rebajas que tiene planteadas el Ayuntamiento en sus tributos y tasas supondrá dejar de ingresar 1.563 millones de euros en los próximos 10 años, según datos oficiales.

Cuándo se paga el IBI en Madrid –

Para aquellos que viváis en Madrid y queráis saber cuando se debe pagar el IBI, podéis informaros en la web de Sedemadrid.es. Esta web  cuenta  con toda la información necesario al respecto de los impuestos que se pagan por inmueble.

En el caso concreto de Madrid, vemos como el pago del IBI se realizará durante 2º período de pago voluntario de tributos, que será del 1 de octubre al 30 de noviembre de.

Los que paguen el IBI por el sistema especial de pago por domiciliación, el 30 de junio de se pasará al cobro el primer plazo (65% del ejercicio anterior) y el 30 de noviembre de el resto.

Para los contribuyentes que hagan pago a la carta, las fechas de cargo en cuenta del IBI son las siguientes:

¿Cómo hacer el pago del IBI en Madrid?

Si has de pagar el IBI de tu inmueble necesitas el recibo que envía el Ayuntamiento para el cobro del impuesto. Una vez tenemos ese recibo podemos pagarlo de la siguiente manera.

En línea (hasta las 20 horas del último día del periodo voluntario de pago):

Por teléfono (hasta las 20 horas del último día del periodo voluntario de pago):

Presencialmente:

Domiciliación bancaria:

Para recibos que no tengan domiciliación bancaria anterior, el importe de este año se cargará en la cuenta bancaria quince días después de la finalización del periodo voluntario de pago, y en años sucesivos, el último día de dicho período. La domiciliación tendrá efectos tanto para este año como para años sucesivos y podrá solicitarse durante el período voluntario de pago a través de:

El Ayuntamiento de Madrid envía cada año el recibo del pago del IBI.  Aquellos contribuyentes que no lo reciban pueden solicitar un duplicado a través del teléfono municipal 010 (desde fuera del municipio de Madrid 915 298 210) e Internet, en las fechas que establezca el Ayuntamiento para su periodo voluntario.

La solicitud de duplicados se podrá efectuar además en los Distritos, las Oficinas de Atención al Ciudadano Línea Madrid y en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente.

Pago del IBI Madrid

En cuanto al próximo ejercicio fiscal los datos existentes son que el Pleno del Ayuntamiento ha rechazado una bajada de un 7%. El delegado de Economía y Hacienda recuerda que el tipo impositivo ya se ha bajado en los dos años precedentes.

En cuanto a las exenciones y las bonificaciones todo sigue igual que hasta ahora. Las bonificaciones, más concretamente pueden ser solicitadas en los siguientes casos:

Toda la información relativa a estas cuestiones se pueden consultar en la web del Ayuntamiento de Madrid.

Nuevas bonificaciones en el IBI  para la Comunidad de Madrid en

El Ayuntamiento de Madrid ha impulsado una rebaja fiscal con el objetivo de mitigar los efectos económicos negativos que se están produciendo en determinados sectores de la economía de la ciudad, especialmente perjudicados por la pandemia de la COVID-19. Por eso ha anunciado una bonificación en ciertos impuestos, como el IBI, lo que incluye la rebaja en IBI  para los inmuebles destinados a ocio y hostelería, comercial, espectáculos y cultura.  En el IBI se rebaja el 25 % a más de 109.200 comercios y establecimientos por un importe superior a 55,6 millones de euros.  Además, se ha aprobado  la bonificación del IBI al uso cultural, museos y bibliotecas, que se suma a los cines, teatros y las salas de música y baile.

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