Dentro de las diferentes alternativas a los Planes de Pensiones como producto de ahorro para la jubilación encontramos la figura de los PIAS (Planes Individuales Ahorro Sistemático). Un modelo de ahorro para la jubilación basado en un seguro de vida y ahorro que concluye en una retribución en forma de renta vitalicia, y que puede resultar muy interesante para el usuario como elemento complementario a su jubilación e incluso como canal de ahorro. Vamos a ver con mayor detalle cómo son y cómo funcionan los PIAS.
Qué son los PIAS
PIAS son las siglas de Planes Individuales de Ahorro Sistemático, son seguros para personas físicas. Estos seguros tienen una finalidad muy concreta: Ir constituyendo con el paso del tiempo una renta vitalicia para que, en el momento que se señale en el contrato, pueda percibirse.
Los PIAS tienen la forma de un seguro de vida. Los seguros de vida tienen un componente de ahorro en la prima que pagamos. En otras palabras, es un seguro de vida y ahorro a la misma vez.
Un aspecto importante de los PIAS, al igual que otros productos creados para los mismos fines (como los Planes de Pensiones o los Planes de Previsión Asegurados), es que en ningún caso son incompatibles con las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación (o cualquier otra contingencia) que el beneficiario pueda percibir. Todo lo contrario, los PIAS y y sus primos hermanos los Planes de Pensiones son productos que complementan dicha prestación. Haciendo de este modo que el beneficiario tenga un mayor nivel de vida en el momento de la jubilación.
Resumiendo, los PIAS son un seguro de vida. Sin embargo este seguro de vida tiene también un componente de ahorro (que se paga en la prima), este componente hace que el beneficiario tenga una rentabilidad fija garantizada (este es un modelo), o no garantizada (es el segundo modelo de PIAS), en el momento que se estipule en la misma póliza (ojo, no hablamos del momento de la jubilación exactamente). Pudiendo verse desde la perspectiva contraria: Un producto de ahorro a largo plazo con una cobertura de vida asociada.
Cómo funcionan los PIAS
Lo primero y principal que debemos resaltar en los PIAS es la ausencia de necesidad de alcanzar la edad de 65 (o posteriormente 67) años para poder obtener la renta. Ahora bien, cuanto más tiempo estemos dedicando a constituir el ahorro, mayor será la renta a obtener. En este tipo de productos el factor tiempo es el mejor aliado, puesto que la rentabilidad que suelen ofrecer es reducida (son productos de ahorro, sólidos y sin riesgo. Por lo tanto no ofrecen una alta rentabilidad). Aún así, con todo lo dicho anteriormente, existen PIAS que pueden estar creados a la medida de un ahorrador. Con rentabilidades más interesantes.
Al igual que no están vinculados a la jubilación, tampoco lo están a las demás contingencias como incapacidad, dependencia, desempleo, etc. Contingencias que también cubren los Planes de Pensiones, pero que no podemos rescatar hasta que se produzcan.
La parte de la prima pagada que va destinada al ahorro (una parte de la prima cubrirá el seguro de vida), es invertida por un gestor. Proporcionando de este modo una rentabilidad que puede ser fija o variable. La rentabilidad fija es aquella que está garantizada. Dicha rentabilidad va sumándose al capital principal, haciendo que este sea más grande y pueda generar a su vez una mayor rentabilidad. Es asombroso ver como con el paso del tiempo el capital crece, es la magia del interés compuesto. Se produce un crecimiento exponencial.
El modelo de PIAS no garantizado suele ofrecer más rentabilidad, pero también más riesgo (no sabemos tan siquiera si la rentabilidad va a ser positiva). Esta rentabilidad está vinculada a la evolución de algún índice bursátil. Dependiendo del comportamiento del índice de referencia, nuestro PIAS rendirá más o menos.
Para concluir, haremos mención a algo tan importante en las inversiones financieras y la gestión de nuestro ahorro como es la fiscalidad. Los PIAS no tienen ningún tipo de deducción fiscal por las primas pagadas, como ocurre con los Planes de Pensiones y los Planes de Previsión Asegurados. Ahora bien, tampoco están gravados con impuestos los rendimientos que se hayan podido generar con nuestro ahorro. La cuantía a cobrar está sujeta a tributación, pero como rendimiento del capital mobiliario (no como rendimientos del trabajo).
Esto produce que la base imponible general no se altere; y por consiguiente no se dispare el tipo impositivo marginal a pagar. Además de esto sólo está sujeto a tributación un porcentaje de la renta generada por los PIAS; dependiendo de la edad del beneficiario.
Ventajas de los PIAS
La primera ventaja que ofrecen los PIAS es la posibilidad de retomar (rescatar) el ahorro generado en forma de renta vitalicia o como capital. En otras palabras, en un único pago o en diversos pagos periódicos. Estas dos modalidades están a disposición del beneficiario y no suponen diferencia con otros productos de ahorro creados para los mismos fines.
Otra ventaja es que es posible establecer libremente la edad en la que queremos comenzar a ser beneficiarios de la renta generada por los PIAS. Con los demás productos de ahorro no tenemos esta elección, el momento de pasar a ser beneficiarios es el mismo que se produce la jubilación o alguna otra contingencia prevista. No olvidemos que el importe de las aportaciones lo elige el partícipe. Cuanto más alto, mayor cobertura tendremos y mayor ahorro generamos.
Ante una posible quiebra o suspensión de pagos de la entidad aseguradora. El dinero ahorrado no se perderá porque se hará cargo de nuestra indemnización el Consorcio de Compensación de Seguros.
En cuanto a la fiscalidad, ya hemos hablado de ella y por una parte supone una ventaja a la hora de cobrar la renta, pero por otra parte carece de deducciones fiscales a la hora de ir acumulando capital. Como tiene sus pros y sus contras en este sentido, será el propio ahorrador el que, calculadora en mano, deba decidir si verdaderamente le resulta más interesante que otros productos de ahorro desde el punto de vista fiscal.
Cómo último punto, debemos mencionar que el límite máximo anual de aportaciones a los PIAS (así como a los Planes de Pensiones) es de 8.000 euros.