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Cómo darse de alta como profesional autónomo

Cada vez son más las personas que, ante la falta de trabajo y las malas condiciones laborales, deciden emprender una profesión por cuenta propia. Con motivo de que puedas abordar todos los trámites con éxito, hoy, en el blog de Opcionis, te mostramos cómo darse de alta como profesional autónomo.

Cómo darse de alta como profesional autónomo

Muchas personas hoy en día se preguntan ésto. En las líneas siguientes veremos que darse de alta cómo autónomo es muy sencillo. Tan solo se deben cumplir dos trámites:

  1. Hacienda: debes darte de alta en Hacienda para cumplir con tus obligaciones fiscales como autónomo.
  2. Seguridad Social: también debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y abonar las cuotas mensuales de este organismo.

Tipos de autónomos

En la actualidad existen varios tipo de autónomos. La única característica que los engloba en la misma categoría de autónomos es el hecho de cotizar en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA). Sin embargo, tienen una serie de factores que los diferencian, en concreto lo referente al Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Trabajadores autónomos

Son aquellos que gestionan un pequeño negocio que está a su nombre. Su negocio es su autoempleo. Pueden cotizar en actividades empresariales o bien como artistas y deportistas (estos tienen un papel especial en el IAE).

Se trata de aquellos que establecen una empresa, pero la empresa es personal. En otras palabras, no se trata de una sociedad mercantil, sino de una empresa personal.

Profesionales autónomos y freelance

Se trata de autónomos que se dedican a profesiones liberales (estas profesiones bienen descritas en el listado del IAE). Pueden ser colegiados o no colegiados.

A diferencia de los anteriores, este tipo de trabajadores autónomos son profesionales, no tienen un negocio o empresa, ellos mismos desarrollan una actividad basada en algún tipo de habilidad que saben hacer o que han estudiado.

Empresarios autónomos y societarios

Son aquellos trabajadores autónomos en el caso de que su negocio ya ha alcanzado un cierto volumen. Suelen tener empleados y en ocasiones crean una sociedad en la cual son socios y administradores.

Son directivos de sociedades mercantiles, y en la mayoría de las ocasiones también son dueños (en todo o en parte) de la propia empresa, que no están dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, sino en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Desarrollan su trabajo en la empresa como trabajadores autónomos.

Autónomos dependientes

Se trata de trabajadores autónomos que obtienen de un solo cliente el 75% de los ingresos. No pueden tener trabajadores a su cargo y están más protegidos si se firma un contrato a tales efectos.

Un trabajador autónomo económicamente dependiente, como su propio nombre indica, tiene una fuerte dependencia de un cliente en concreto (puede ser una empresa u otro trabajador autónomo). Para mejorar sus condiciones y otorgarles una mayor protección, se aprobó esta figura en el Estatuto del Trabajo Autónomo.

Autónomos agrarios

Realizan actividades agrícolas por cuenta propia. Tienen un régimen especial de cotización (SETA). Los trabajadores autónomos agrarios tienen unas bases y tipos de cotización diferentes debido a la naturaleza de las actividades que realizan.

Para poder estar dado de alta como trabajador autónomo agrario, se debe ser titular de una explotación agraria y obtener de esta actividad, por lo menos, el 50% de su renta total.

Autónomos colaboradores

Cónyuge y familiares que colaboran en un negocio familiar habitualmente. Estos familiares tienen una contratación específica y se aplica una serie de bonificaciones.

Socios de cooperativas y comunidades de bienes

Las cooperativas y las comunidades de bienes tienen por objeto proporcionar a sus socios un puesto de trabajo. Los socios tienen derecho a percibir remuneraciones en función de su trabajo realizado. En este caso, depende de los estatutos de la propia cooperativa o comunidad de bienes el modelo de contratación que se aplique.

Cómo darse de alta como profesional autónomo paso a paso

Darse de alta como autónomo se trata de un proceso basado en dos sencillos trámites:

  1. El primer paso es realizar los trámites con Hacienda: antes de comenzar la actividad se debe proceder al alta censal en las oficinas de la Agencia tributaria. Es un trámite sencillo, se rellena el modelo 036 o 037 y se escoge un epígrafe de alta en el IAE. Tras ello ya se está en el censo de empresarios.
  2. Realizar los trámites de alta en la Seguridad Social: más concretamente en la Tesorería General de la Seguridad Social (en cualquier oficina) se debe prodecer al alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Se trata presentar el modelo TA 0521 y tras ello se está dado de alta en la seguridad social. Hay que presentar el alta censal de la Agencia Tributaria.

Cómo darse de baja como profesional autónomo

En realidad es el proceso inverso al anterior visto. Sin embargo no se puede solicitar la baja si se tienen deudas pendientes con alguno de los dos organismos de la Administración.

  1. Baja en el Régimen de la Seguridad Social: mediante el modelo TA 0521.
  2. Baja en el censo de empresarios de Hacienda: mediante el modelo 036 o 037 (según sea el caso)

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