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Clubes de inversión

La inversión e Bolsa es un caramelo al que es difícil resistirse. Su rentabilidad a largo plazo es mayor que la de cualquier otro producto financiero y por eso muchas personas se juegan su dinero en el parquet a diario. Sin embargo no todas tiene los conocimientos necesarios o el acceso a los recursos para hacerlo y por eso prefieren juntarse con otros inversores para acceder al mercado. Ahí es donde surgen los clubes de inversión, que desde un punto de vista legal son una asociación de personas físicas constituida generalmente como una comunidad de bienes (aunque también puede hacerlo como Sociedad Limitada) que reúnen un patrimonio para gestionarlo de forma conjunta y aprender a invertir en Bolsa.

Desde la Bolsa de Madrid explican que estos clubes de inversión se popularizaron en la década de 1959, aunque no llegaron a España en los 70, y que tienen un caracter principalmente didáctico. Se trata de personas, generalmente amigos, familiares y compañeros de estudios o de trabajo, que se juntan para sacar el máximo beneficio de su dinero pero sobre todo para aprender sobre el terreno el funcionamiento de los mercados financieros.

En teoría se puede diferenciar entre Clubes de inversión y Clubes de Bolsa, aunque la línea que separa a ambos es bastante fina e incluso más teórica que práctica. En principio en la primera puede primar el ánimo de lucro, mientras que en la segunda no debería y además suelen estar adscritos al ámbito universitario. Sin embargo, lo cierto es que suelen utilizarse de forma más o menos indistinta, siendo los clubes de inversión la más popular.

Al margen de los beneficios propios de invertir un patrimonio mayor y con más personas (diversificar riesgos, principalmente), existen otras ventajas adicionales en lo referente a la operativa:

Lo que no hay es ningún tipo de incentivo fiscal y se aplicará la fiscalidad de las acciones general, por lo que los rendimientos obtenidos tributarán al 18%.

Cómo poner en marcha un club de inversión

La Bolsa de Madrid indica que los clubes de inversión deben adecuarse a lo establecido en el Código Civil (artículos 1.665 a 1.708) sobre Comunidades de Bienes y el Código de Comercio (artículos 392 a 906) donde las regula.

En primer lugar hay que reunir a las personas físicas que se constituirán en comunidad de bienes bajo a denominación de Club de Inversión. Después habrá que levantar el acta de constitución, donde donde debe expresarse y constitución legal, denominación, objeto social, domicilio social órganos sociales que la constituyen y los datos personales y cuota de participación de cada socio, que además deberán firmar este acta.

Una vez se ha levantado el acta de constitución hay que redactar los estatutos, que incluye las cláusulas y disposiciones por las que se regirá el club y donde debe determinarse el intermediario financiero. La Bolsa de Madrid ofrece un modelo orientativo de acta y estatutos.

El siguiente paso es acudir a la delegación Agencia Tributaria con el Acta de Constitución, los Estatutos y una fotocopia del NIF de los partícipes para adquirir un Modelo 036 -Declaración Censal por cada tres partícipes. Tras clumplimentar dichos impresos se presentará toda la documentación en la sección de Censos donde se facilitará un CIF provisional durante seis meses.

Después habrá que acudir a la Dirección General de Tributos para presentar la documentación anterior y cumplimentar el Modelo 600 – Operaciones Societarias que después habrá que llevar a la oficina bancaria para abonar el 1% del capital social con el que se ha constituido el club de inversión en calidad de operaciones societarias.

A continuación hay que regresar a la Agencia Tributaria y en concreto a la Sección de Censos para acceder al CIF definitivo del club de inversión,

Por último, se presentará una copia Intermediario Financiero elegido y otra a la Sociedad Rectora de una de las cuatro bolsas españolas (Madrid, Valencia, Barcelona o Bilbao).