Una vez entre en funcionamiento el supervisor bancario único para la zona del euro, más del 80% del sistema financiero español será supervisado por el Banco Central Europeo. Esto quiere decir que quince o dieciséis bancos españoles van a pasar a la supervisión del BCE cuando ésta esté efectivamente en vigor.
Fundamentalmente, es más del 80% del total del sistema financiero español. Frente a dicha propuesta, el titular español de Economía se ha mostrado satisfecho con el acuerdo sellado por los Veintisiete para la creación del supervisor bancario único para la zona del euro, un paso adelante hacia una mayor unión económica y monetaria con el que ha ganado Europa.
Supervisión del BCE
En dicho acuerdo se han impuesto las tesis de Alemania, en virtud de las cuales el BCE no controlará las 6.000 entidades financieras de Europa, sino solamente a los bancos calificados como sistémicos, aquellos cuyos activos superen los 30.000 millones de euros o el 20% del producto interior bruto (PIB) del país miembro al que pertenezca. Eso significa que las cajas alemanas escaparán a la vigilancia del supervisor europeo.
El BCE es el banco central de la moneda única europea, el euro. Su función principal consiste en mantener el poder adquisitivo del euro y, con ello, la estabilidad de precios en la zona del euro. La zona del euro comprende los 17 países de la Unión Europea que han adoptado el euro desde 1999.
Las funciones del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) y del Eurosistema están establecidas en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y están especificadas en los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, que son un protocolo anejo al Tratado.
En general, el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea se refiere al SEBC y no al Eurosistema, ya que su redacción se basó en el supuesto de que todos los Estados miembros de la UE adoptarían el euro. El Eurosistema está compuesto por el Banco Central Europeo (BCE) y los bancos centrales nacionales (BCN) de los Estados miembros de la UE cuya moneda es el euro, mientras que el SEBC está integrado por el BCE y los BCN de la totalidad de Estados miembros de la UE (apartado 1 del artículo 282 del Tratado). La distinción entre Eurosistema y SEBC se mantendrá en tanto existan Estados miembros que no hayan adoptado el euro.
Funciones básicas del BCE:
De conformidad con el apartado 2 del artículo 127 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, las funciones básicas que se llevarán a cabo a través del Eurosistema serán:
- definir y ejecutar la política monetaria de la zona del euro;
- realizar operaciones de divisas;
- poseer y gestionar las reservas oficiales de divisas de los países miembros de la zona del euro (gestión de carteras);
- promover el buen funcionamiento de los sistemas de pago.
Otras funciones
- Billetes: el BCE tiene el derecho exclusivo de autorizar la emisión de billetes en la zona del euro.
- Estadísticas: en colaboración con los BCN, el BCE recopila la información estadística necesaria para llevar a cabo las funciones del SEBC, obteniéndola de las autoridades nacionales o directamente de los agentes económicos.
- Estabilidad y supervisión financieras: el Eurosistema contribuye al correcto funcionamiento de las políticas adoptadas por las autoridades competentes, en lo que se refiere a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y a la estabilidad del sistema financiero.
- Cooperación europea e internacional: el BCE mantiene relaciones de cooperación con instituciones, organismos y foros, tanto dentro de la UE como a escala internacional, en relación con las funciones asignadas al Eurosistema.