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Ayudas por Maternidad

Si estás embarazada y vas a dar luz en este año, o el que viene debes conocer todas las ayudas y prestaciones por maternidad de las que te puedes beneficiar a partir del nacimiento del bebé, así como los datos para hacer la declaración de la renta.  

El Gobierno destina una parte del presupuesto a las ayudas por maternidad. Pero debido a la crisis se han visto reducidas. También podemos destacar que en cada Comunidad Autónoma las prestaciones son muy diferentes. De este modo vemos ahora cuáles son las distintas ayudas para las futuras “mamas”.Comenzamos con las que aporta la Seguridad Social.

Ayudas económicas por maternidad Seguridad Social| Parto múltiple

Las ayudas por maternidad en caso de parto múltiple: En el caso de dar a luz gemelos, tendrás una prestación de 2.565 €.

Esta ayuda varía en función al número de hijos que tengas; En el caso de tener 3 hijos o trillizos tendrás una prestación de 5.131 € y para aquellas madres que tengan 4 o más hijos tendrán una ayuda de 7.696 €.

Ayudas económicas por maternidad Seguridad Social | Por Nacimiento

Ayudas por el nacimiento: Según refleja la Seguridad Social, existe tres casos en los que a la familia se le otorgará una prestación o ayuda de 1.000 euros en un pago único. Por familia numerosa, familia monoparental o que la madre o padre tenga una discapacidad de más de un 65%.

Ayudas económicas por maternidad Seguridad Social | Bajas por maternidad para madres Autónomas y trabajadoras

Ayuda o prestación económica para madres autónomas: Aquellas madres autónomas tendrán derecho a baja por maternidad por 16 semanas que hayan cotizado en los últimos 7 años como mínimo 180 días. Estas semanas se contabilizaran desde el primer día que comienzan el periodo de descanso, que se establece en la fecha del parto o bien una fecha anterior al parto si la madre escoge el periodo de descanso con anterioridad.

Las mamás que sean autónomas cobrarán el 100% de la base cotizada  y, tras finalizar la baja de maternidad, tendrán derecho a una bonificación del 100% de las cuotas mensuales durante los 12 meses siguientes.

Requisitos para pedir la ayuda por maternidad  2020 de la Seguridad Social | Familias numerosas o monoparentales o discapacidad

Si deseas solicitar la ayuda por maternidad de la Seguridad Social, debes cumplir una serie de requisitos. Estas ayudas se reciben por hijos nacidos o adoptados, a partir del 16-11-07, en una familia numerosa o que, con tal motivo, adquiera dicha condición, en una familia monoparental o en los supuestos de madres que padezcan una discapacidad igual o superior al 65%,  siempre que el nacimiento se haya producido en territorio español o que la adopción se haya constituido o reconocido por autoridad española competente. A estos efectos:

Los progenitores o adoptantes, por el nacimiento o adopción de hijo, recibirán la ayuda siempre y cuando:

Destacar que las familias monoparentales recibirán una ayuda por nacimiento de hijo de 1000 euros en un pago único cuando nos ingresos no superen los 11547, 96 euros. Esta ayuda está exenta del IRPF.

Además. las madres solteras con hijos que tengan menos de 18 años recibirán una ayuda por hijo a cargo de 291 euros por hijo, dividido en dos pagos. Esta ayuda también está exenta del IRPF

Deducción de IRPF por maternidad

Aquellas familias que acaban de tener un hijo pueden deducirse hasta 1.200 euros de IRPF por cada niño que tenga menor de 3 años. Puedes cobrar la cantidad en pagos fraccionados mensuales de 100 euros o deduciéndose el total del IRPF. Este bono anticipado de la deducción por maternidad podrá ser solicitado por las mujeres con hijos menores de 3 años, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, pudiendo minorar la cuota diferencial del IRPF hasta en 1.200 € anuales por cada hijo menor de 3 años.

Además, en los supuestos de adopción o acogimiento la deducción se podrá practicar, con independencia de la edad del menor, durante los 3 años siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Civil o durante los 3 años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare. Cabe destacar que, en caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre, o en su caso a un tutor, éste tendrá derecho a la práctica de la deducción pendiente, siempre que cumpla los requisitos previstos para tener derecho a su aplicación.

Para optar a la ayuda es obligatorio cotizar 15 días en el mes en el que se solicita la ayuda, tanto por cuenta ajena como propia, y presentar el modelo 140 en las oficinas de la Agencia Tributaria y a través de Internet en www.aeat.es. Podemos preguntar en esta misma web cualquier duda que nos surja o directamente en una agencia de la Agencia Tributaria.

Permiso de lactancia de la madre

Las madres y padres tienen el derecho de ausentarse del puesto de trabajo para facilitar la lactancia, artificial o natural, de los hijos menores a 9 meses sin repercutir en el salario mensual laboral. Este derecho puede ser disfrutado indistintamente por ambos progenitores incrementándose en los partos múltiples.

El padre o la madre que solicita el permiso de lactancia es trabajador autónomo, la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo dice que sólo podrá suspender su actividad en caso de que la lactancia natural esté en situación de peligro; considerando la fatiga, condiciones ambientales, estrés, exposición a productos contaminantes, … como peligros que pueden reducir la capacidad de lactar e interrumpir la lactancia de las mujeres trabajadoras.

La ley, además, refleja: el derecho a una hora de ausencia al trabajo, incrementándose en partos múltiples. Los padres puede sustituir el derecho anterior por una reducción de la jornada en media hora, o la que refleje el convenio colectivo, o acumularlo en jornadas completas reflejado en los convenios, o por el acuerdo que se haya pactado con el empresario.

Ayudas por maternidad de las Comunidades Autónomas

Las ayudas y prestaciones cambian en función a las Comunidades Autónomas. Cada CCAA tiene diferentes ayudas para madres y padres que van desde la ayuda económica a los padres, becas para guarderías, ayudas y prestaciones para el comedor o los libros de texto.

Dado que en nuestro país existen 3 niveles administrativos (Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Corporaciones locales), la distribución de las competencias se encuentra repartida. Normalmente las ayudas y servicios sociales están financiados por desde la Sede de la Seguridad Social del estado. No obstante, las Comunidades Autónomas tienen competencia en tal materia para la organización y activación.

En un principio se debe acudir a un organismo local como primer punto de contacto, es posible que a nivel local se tenga algún tipo de ayuda extra. No obstante, en cuanto se refiere a las ayudas estatales, están en manos de la Comunidades Autónomas.

Hay Comunidades Autónomas que dan subvenciones para comprar leche de fórmula, entre ellas se encuentran: Baleares, Castilla y León, Navarra, Galicia y País Vasco, con ayudas que oscilan entre los 1.200 euros y los 8.700 euros al año.

A continuación te damos todos los enlaces de ayudas por cada Comunidad:

Derechos del padre

La entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres, los padres pueden compartir con las madres los primeros cuidados y atenciones de los hijos. Los padres tienen derecho, si así lo quieren, a 13 días ininterrumpidos de permiso en los nacimientos de sus hijos, adopción o acogimiento. Este permiso es ampliable en caso de parto, adopción múltiples por cada bebé a partir del segundo hijo.

La Seguridad Social reconoce que el padre tiene derecho a acceder a una prestación por maternidad en el caso de que fallezca la madre.

Se pueden beneficiar del derecho y de la baja por maternidad los trabajadores por cuenta ajena y cuenta propia (se incluyen los contratos a tiempo parcial y para la formación, aunque en el caso del parcial es necesario haber cubierto un periodo de cotización de 180 días dentro de los 7 años o 360 días a lo largo de la vida laboral).

La prestación económica por maternidad consiste en un subsidio que equivale al 100% de la base reguladora. En el caso de que el padre esté  en situación de paro, el permiso de paternidad no se descuenta de la prestación por desempleado.

Hace unos años se anunció que el padre podrá postergar su permiso por paternidad durante un mes. Algo que ya se dijo para el año pero que finalmente se optó por retrasarlo hasta el 1 de Enero. Esta es una medida “polémica” si tenemos en cuenta que se lleva retrasando desde hace mucho tiempo. De hecho el retraso ya se produjo en años precedentes desde que en 2009 se aprobó la ley que extendía a cuatro semanas el permiso de paternidad a partir del 1 de enero.

La disposición final novena de los Presupuestos del Gobierno tan solo  se limita a decir: “La presente ley entrará en vigor a partir del 1 de enero”.Varias iniciativas del Congreso y del Senado habían reclamado al Gobierno que no siguiera demorando más esta ampliación a las cuatro semanas, pero no han tenido éxito.

Lo cierto es que muchas veces los padres parecen ser unos “segundones” en lo que el cuidado de sus hijos recién nacido se refiere. El 30% de los padres estiman que los hombres que disfrutan del permiso de paternidad pueden ser marginados en sus puestos de trabajo, según recoge el estudio ‘La evolución de la maternidad en España en los últimos 30 años’.

De la encuesta se deduce que, aunque la madre sigue siendo la figura principal para el cuidado de los bebés, actualmente cuenta con más aliados que las de hace 30 años. No en vano, la figura del padre adquiere cada vez mayor importancia en tareas relacionadas con el baño y aseo del bebé. Por ejemplo, un 27% de padres dicen encargarse siempre del momento del baño y un 18% del cambio de pañales.
El 84% de la población opina que hace 30 años ningún hombre hubiera solicitado un permiso de paternidad, aunque creen que le hubieran dado todas las facilidades. Asimismo, el estudio revela que el 64% de las madres cuenta con la ayuda de los abuelos para cuidar a sus hijos.

El “cheque bebé” que tanto sigue dando que hablar y que podría volver en

Por último quiero hablaros del que fue famoso “Cheque bebé” que se puso como prestación al nacimiento de los bebes a partir de 2009. Un cheque que el gobierno pagaba a cada nacimiento con un importe de 2.500 euros del que se dijo que podría aumentar a los 3.500 pero que desapareció.

Son muchos los que todavía nos preguntáis sobre este cheque bebé y lo cierto es que desde que comenzara a goberrnar el Partido Popular hace ya cuatro años ha dejado de concederse (incluso antes) de modo que no existe esta ayuida como tal aunque ya habéis visto las otras opciones que tenemos a nuestra disposición ya seamos madres primerizas, de familia numerosa o trabajadoras en regimen autónomo.

Madres solteras, familias numerosas y madres con hijos que tienen discapacidad eran las principales beneficiadas de este tipo de ayuda de 2.500 euros aunque desde que se retirara se ha mantenido las prestaciones en otro sentido y desgraciadamente con un importe menor.

De todos modos este año se han instaurado, en algunas comunidades, como Galicia,  una ayuda similar a la que fue el cheque bebé. A esto se sumó el que en Marzo de hace tres años, el partido político Podemos anunció que si gana las próximas elecciones lanzará una ayuda por maternidad que denomina “prestación universal por criatura”, y que se destinaría a todos los nuevos padres “con independencia de su nivel de renta”. Porque, tal como explicó una de las autoras del documento donde se enmarca la iniciativa, María Pazos, su asignación sólo a las familias más desfavorecidas podría desincentivar la incorporación o retorno de la mujer al trabajo. La redistribución para paliar la desigualdad habrá de venir de un aumento de la presión fiscal a las rentas más altas, añadió la otra autora del trabajo, Bibiana Medialdea.

En cualquier caso todo esto es discutible. Por el momento, temas como este del Cheque Bebé están algo “parados”, pero lo cierto es que desde Opcionis os aconsejamos que dependiendo de vuestra comunidad, puede que se hayan concedido de algún modo. Por ejemplo en Galicia se puede solicitar un cheque bebé de 100 euros mensuales durante un año, con el que además se puede acceder a la compra de vacunas de pago.

La situación social y económica

En cualquier caso, en el surgió de nuevo un debate para extender el cheque bebé, sin conseguirse resultados positivos. En algunas Comunidades Autónomas se ha expresado una voluntad política de su vuelta. Sin embargo el asunto todavía está en el aire.

La austeridad financiera, la necesidad de regular el déficit público impuesta desde Bruselas y los niveles de deuda estatal impiden un mayor número ayudas sociales y la cuantía de las mismas. Esto se puede observar por el debate sobre las pensiones públicas.

De todos modos seguimos todavía a la espera de la aprobación de los Presupuestos Públicos  y pueden haber sorpresas, dados los niveles de crecimiento económico que presenta la economía española y la reducción de los niveles de desempleo. El asunto de la financiación de las Comunidades Autónomas también está sobre la mesa y es uno de los asuntos económicos más relevantes de nuestro país y que marcará el futuro para las ayudas por maternidad.

Importes para para madres solteras en situación legal de desempleo

Para este 2022 las ayudas a madres solteras quedan en fijadas en los siguientes importes. Estas ayudas corresponden a la Seguridad Social para los casos de madres solteras en situación legal de desempleo. Para solicitar estas ayudas se deberá contactar con el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Hijos menores de 18 años

Por cada hijo, o menor acogido, que no tenga una discapacidad, se percibirá una ayuda de 24,25 euros mensuales (291 euros anuales). Para tener derecho a esta ayuda las rentas anuales no deben superar los 11.605,77 euros.

Las familias numerosas verán incrementado su límite de renta hasta los 17.467,40 euros. A partir del cuarto hijo se incrementa en 2.829,24 euros. En este caso la asignación anual es de 873 euros.

Para el caso de tener algún hijo o menor acogido que presente un grado de discapacidad superior al 33%, se tendrá derecho a 1.000 euros anuales (o 250 euros al trimestre).

Hijos mayores de 18 años

Para los hijos mayores de 18 años está reconocida la ayuda siempre y cuando presente un grado de discapacidad igual o superior al 65%. En este caso las cuantías quedan fijadas de la siguiente forma:

Compatibilidad con otras ayudas

No hay que olvidarnos de la deducción fiscal, la cual presenta un importe máximo de 1.200 euros por cada hijo. Esta deducción puede percibirse a razón de 100 euros al mes. A diferencia de otras ayudas, no existe un máximo de renta para poder disfrutar de la deducción fiscal. Además, es compatible con otras ayudas.