Si estabas pensando en hacer algunas reformas en tu casa o edificio, ya puedes gritar ¡Alabada sea nuestra Señora de todas las Ayudas!, porque hoy puede haber venido a verte Dios. En este caso, uno algo más terrenal, pero bienvenido y loado sea igualmente.
En general, los edificios de España son poco accesibles y eficientes en cuanto al consumo energético. Así, casi la mitad de los edificios residenciales son anteriores a 1980 y el 84 % tienen calificaciones energéticas con las letras E, F o G. Además, un 75 % tienen mala accesibilidad. Como dato, carece de ascensor un 40 % de los edificios de 4 o más plantas. Y, con ello, no solo deriva un increíble ahorro en GYM a partir del 3º, sino también muchas incomodidades para las personas con movilidad reducida.
Se conoce que la cuantía de las ayudas, hasta ahora, no convencía mucho y que las reformas en un edificio implican acuerdos y pagar derramas. No son cosas que gusten mucho en estas nuestras queridas comunidades de vecinos.
La ley se ha cambiado para facilitar estos acuerdos. Ya solo se exige mayoría simple de los propietarios presentes en la junta. Y, que representen la mayoría simple de las cuotas de participación. Todo ello, siempre que el importe repercutido anualmente, descontadas las ayudas y aplicada la financiación, no supere 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes.
Y ahora… ¿Qué ayudas para reformas hay?
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), dotado con fondos Next Generation EU, incluye ayudas para costear entre el 40 y el 80 % de las reformas. Y, si eres una persona en situación de vulnerabilidad económica, podrían incrementarse hasta cubrir el 100 %.
Además, la inflación y los altos precios de los materiales trajeron menos obras de renovación que subvencionar de las esperadas. Por eso, a propuesta del Gobierno, desde Bruselas, la Comisión Europea (porque ya les tienen más fritos que las patatas de debajo de sus típicos y confusos mejillones), ha aprobado una ampliación del plazo para solicitar deducciones fiscales por las obras realizadas hasta el final de 2024.
Ahora veremos cuáles son los objetivos y requisitos de estas ayudas para reformas, así como las subvenciones y deducciones en el IRPF. Asimismo, cómo solicitar tales ayudas a través de las Comunidades Autónomas.
¿Cuáles son los objetivos y requisitos de estas ayudas para reformas?
Los fondos europeos tienen como principales objetivos:
- Reducir, al menos, en un 30 % el consumo de energías no renovables.
- Descarbonizar los edificios residenciales.
- Disminuir la demanda de calefacción y refrigeración un mínimo del 7 %.
- Mejorar el estado de conservación, la habitabilidad y la accesibilidad del inmueble, siempre que la rehabilitación consiga tales objetivos de ahorro energético.
Por tanto, las obras deben tener estas finalidades. Por ejemplo, puedes hacer un cambio de ventanas, la sustitución o mejora del aislamiento de la envolvente térmica de la fachada y las cubiertas del tejado, la instalación de placas solares y fotovoltaicas o de sistemas de aerotermia, unos cambios en el sistema de calefacción o de aire acondicionado, etc.
Aquí tienes un simulador que calcula el consumo energético de tu edificio, así como cuánto costarían las reformas de tu vivienda y las ayudas que podrías obtener. Así, podrás elegir el mejor proyecto para tu vivienda o edificio.
Y, por si fuera poco, se incluyen ayudas para la redacción de proyectos de rehabilitación y otras gestiones necesarias. También muy importante, para la elaboración del Libro del Edificio Existente (el documento oficial que te permitirá solicitar otras subvenciones por eficiencia energética).
Con estas ayudas, no solo te saldrá más barata la obra para hacer las reformas, siempre que lo acredites con un certificado de eficiencia energética anterior y otro posterior, sino que también te ahorrarás un dinero en las futuras facturas de luz y gas.
¿Quién puede solicitar las ayudas?
Pueden solicitar tales ayudas el propietario de la vivienda, los usufructuarios y los arrendatarios, siempre que las reformas se realicen en su domicilio habitual y permanente. También, si son obras para todo el edificio, la comunidad de propietarios.
Para acreditar que la vivienda es el domicilio habitual y permanente, bastará un certificado de empadronamiento.
Ten en cuenta que el plazo para ejecutar las obras no puede exceder de 12 meses desde que te concedan la ayuda. Y que, en todo caso, el plazo límite para terminar las obras será el 30 de junio de 2026.
Lo ideal es solicitar primero la ayuda y, si te la conceden, empezar las obras. A veces, se puede pedir un anticipo de hasta el 50 % de la subvención.
¿Cuánto son las subvenciones?
La ayuda será del 40 % del coste de las obras, con un límite de 3.000 euros por vivienda, siempre que cada actuación cueste un mínimo de 1.000 euros por vivienda.
Si son ayudas por reformas del edificio entero, podrán cubrir entre el 40 y el 80 %, entre 6.300 y 18.800 euros por vivienda, según el ahorro de consumo energético alcanzado.
Y, en caso de vulnerabilidad económica de algún propietario o usufructuario, la Comunidad Autónoma o las Ciudades de Ceuta y Melilla, en expediente aparte que habrán de solicitar aquellos, podrán concederles hasta el 100 % del coste.
Además, pueden solicitarse avales ICO para facilitar el acceso a financiación bancaria, así como ayudas adicionales para la retirada del amianto y otros elementos tóxicos.
¿Cuáles son las deducciones en el IRPF?
Las ayudas para costear las reformas están exentas de tributación y no computarán como ganancia patrimonial en el IRPF. Sin embargo, contra toda lógica, no ocurre lo mismo con otras subvenciones municipales y autonómicas. Ojo, en estos últimos casos, para evitarse futuras y desagradables sorpresas.
Además, la parte no cubierta por las ayudas puede acogerse a deducciones fiscales:
- 20%, hasta 5.000 euros anuales, sobre los gastos por obras entre el 6 de octubre de y el 31 de diciembre de 2023. Como vimos, deberán haber mejorado la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada como vivienda.
- 40%, hasta 7.500 euros anuales, sobre las cantidades satisfechas para obras que reduzcan, al menos un 30 %, el consumo de energía primaria no renovable o que mejoren la calificación energética de la vivienda para obtener un A o B.
- 60%, con un máximo de 5.000 euros anuales o 15.000 euros para todo el periodo de a 2024, sobre los gastos por obras en el edificio, incluidas viviendas unifamiliares. En este caso, realizadas entre el 6 de octubre de y el 31 de diciembre de 2024. Con ellas, debe haberse obtenido una mejora acreditada de la eficiencia energética del edificio que reduzca el consumo de energía primaria, al menos un 30 %, o que conlleve la obtención de un A o B para el edificio. Aquí, cada propietario se puede deducir la parte proporcional del coste de la obra.
¿Cómo solicitar las ayudas para reformas?
Solo tienes que presentar tu solicitud en el registro correspondiente. Las encargadas de distribuir estas ayudas son las Comunidades Autónomas y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
Para saber cómo aplicar en tu Comunidad o Ciudad Autónoma, puedes dirigirte a las Oficinas de Rehabilitación. En ellas, estarán encantadísimos de ayudarte a conocer más sobre estos programas y te informarán sobre las gestiones necesarias. También podrían ponerte en contacto con algún técnico o agente rehabilitador.
?¿Conoces las ayudas europeas para la #rehabilitación de edificios y viviendas?
?Con los fondos #NextGenerationEU, ahora puedes financiar hasta el 80% del proyecto de actualización de tu casa consiguiendo al menos un 30% de ahorro energético.
?https://t.co/gZ2Xc1CERX pic.twitter.com/glOqLMmYaq
— Ministerio Transportes, Movilidad y A. Urbana (@mitmagob) September 24,
Por último, si quieres no estar más frito que unas buenas papas, ahorrarte un dinero y disgustos o llevarte una alegría de vez en cuándo, tienes Opcionis.