Esta es sin duda una de las preguntas que más se están repitiendo los españoles tras la debacle de Lehman Brothers. No es que el sistema financiero español se encuentre en peligro, por lo menos según explican tanto desde la Asociación Española de Banca (AEB) como desde el Ministerio de Economía y Hacienda, pero quien más quien menos empieza a plantearse hasta qué punto es seguro tener el dinero en el banco. Es decir, ¿están garantizados nuestros ahorros? ¿qué pasa si quiebra mi banco?
Cuando un banco quiebra se ponen en marcha los mecanismos que la ley ha previsto para garantizar los depósitos de sus clientes y que estos puedan recuperar por lo menos parte de su dinero. En España los Fondos de Garantía de Depósitos son los encargados de asegurar el capital de los ahorradores. En realidad se trata de tres entidades creadas por ley, que actúan en régimen de derecho privado y a la que están obligadas a adherirse las entidades financieras española. Cada una de ellas aúna a un tipo concreto de entidad: e Fondo de Garantía de Depósitos en Establecimientos Bancarios (FGDEB, el Fondo de Garantía de Depósitos en Cajas de Ahorro (FGDCA), el Fondo de Garantía de Depósitos en Cooperativas de Crédito (FGDCC).
La primera y la segunda son las más específicas de los bancos y cajas de ahorro tradicionales. En cualquier caso, el funcionamiento de las tres es muy similar y su labor es la de garantizar la devolución de los depósitos, tanto en dinero como en valores de los ahorradores. En realidad, los Fondos de Garantía de Depósito se componen de las aportaciones de los bancos y cajas de ahorro en función de lo que establecer por ley el Ministerio de Economía y Hacienda. Ese capital servirá después para devolver el dinero a los clientes en caso de quiebra.
El problema es que estos Fondos de Garantía de Depósito establecen unos límites. De hecho, sólo garantizan 20.000 euros por cada cliente o depositante y entidad. De esta forma, un ahorrador con más varias cuentas por un valor superior a esta cifra sólo recuperará 20.000 euros. Estas garantías entran en funcionamiento en cuanto el banco quiebra o solicita la suspensión de pagos y sólo hay que acudir al banco para solicitar la retirada de devolución de se dinero.
Además del límite de 20.000 euros por banco y cliente, otro de los puntos negativos es el plazo de pago, que se extiende hasta los tres meses.
Lo mejor para evitar sorpresas es estar preparado y tratar de no juntar todo el patrimonio en un mismo banco.
Si quiebra el banco, recuperarías como mucho 20.000 euros del total de tus ahorros. El resto, ya se vería si lo recuperas o no, de momento por el resto te conviertes en acreedor en la liquidación del banco (o algo así).
Sobre el cómo lo recuperas?, desafortunadamente en España te costaría unos cuantos meses pegado a los informativos, leyendo las notas de prensa y puede que acabes con 100 personas en la puerta de lo que queda de banco golpeando una cacerola.
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